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Enlace Universitario 5 de mayo de 2025

Ciberdelitos, violencia digital y educación penal: los desafíos del derecho frente a la tecnología

El avance tecnológico transformó la vida cotidiana en todos sus aspectos: desde la forma de vincularse hasta los modos de consumir, estudiar o trabajar. Pero ese desarrollo no estuvo exento de riesgos. A la par del crecimiento de las tecnologías digitales se multiplicaron también los delitos cometidos mediante plataformas virtuales: hackeos, estafas, chantajes sexuales, acoso, captación de niñas y niños con fines de abuso, divulgación de material íntimo sin consentimiento, discursos de odio y diversas formas de violencia digital que complejizan la tarea de los operadores judiciales y de las instituciones que deben dar respuesta.

Desde el Sistema de Medios Públicos de la UNMDP dialogamos con Marcelo A. Riquert, docente de Derecho Penal en la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional de Mar del Plata (UNMDP) y autor del libro Delincuencia informática y tecnología digital, publicado en abril de 2025. En Argentina, el derecho penal incorporó en las últimas décadas reformas que buscan adecuarse a esta nueva realidad. Sin embargo, persisten tensiones entre la lógica jurídica clásica y los nuevos fenómenos, según expresó Riquert.

La criminalidad informática pone en crisis las categorías tradicionales del derecho penal. Los delitos ya no se limitan a un espacio físico, los autores pueden operar desde cualquier parte del mundo y las víctimas muchas veces ni siquiera se dan cuenta de que lo son hasta mucho tiempo después. Estamos ante un cambio estructural que no puede abordarse con herramientas pensadas para un mundo analógico”, explicó.

Hackers, datos y responsabilidad penal

Uno de los problemas más complejos que analiza Riquert es el del acceso no autorizado a sistemas informáticos. El especialista distingue entre el hacker que vulnera una red para advertir sus fallas de seguridad y quien lo hace con fines delictivos, como la extorsión o el robo de información sensible. Esa diferencia, sin embargo, no siempre está reflejada en la legislación vigente.

El derecho penal argentino tiende a tratar con la misma severidad conductas que en realidad no tienen el mismo grado de lesividad. No es lo mismo un hackeo ético que un ciberataque con fines económicos o sexuales. El problema es que muchas normas fueron pensadas sin comprender la complejidad de estos fenómenos”, señaló Riquert.

La Ley 26.388, sancionada en 2008, introdujo al Código Penal varios delitos informáticos, como el acceso ilegítimo a un sistema, la intercepción de comunicaciones y la distribución de software malicioso. Pero la rápida evolución tecnológica dejó obsoletos algunos de sus conceptos, que requieren una revisión actualizada y más precisa.

Grooming, sextorsiones y revictimización digital

Uno de los delitos informáticos que más conmoción social genera es el grooming: la acción de un adulto que, mediante engaños, busca ganarse la confianza de un menor de edad a través de internet con fines de abuso sexual. En Argentina, este delito fue tipificado en 2013 a través de la Ley 26.904.

El grooming es un fenómeno de altísima lesividad porque no sólo implica un delito sexual, sino también una manipulación emocional que puede tener consecuencias psicológicas graves para la víctima. A veces ni siquiera se llega al contacto físico: el daño ya está hecho en la fase virtual“, indicó Riquert.

A este delito se suma otro tipo de violencia digital cada vez más frecuente: la sextorsión o chantaje sexual digital. Se trata de la amenaza de difundir material íntimo si la víctima no accede a ciertos pedidos, que pueden ir desde más contenido hasta transferencias de dinero.

La sextorsión puede derivar en suicidios, especialmente en adolescentes que no encuentran redes de contención. Es un delito que está en la frontera entre lo sexual, lo patrimonial y lo psicológico. Y ahí también el derecho penal se queda corto si no hay una mirada interdisciplinaria”, subrayó.

Ley Olimpia, Ley Belén y el debate por una legislación integral

Frente a este escenario, distintas iniciativas legislativas buscaron actualizar la normativa penal. Entre ellas, se destacan los proyectos conocidos como Ley Olimpia y Ley Belén, que apuntan a reconocer y sancionar la violencia digital por motivos de género. Sin embargo, la Ley Belén aún se encuentra en discusión, ya que pese a haberse presentado el proyecto, ha perdido estado parlamentario según expresó Riquert.

Es clave visibilizar que muchas de estas formas de violencia tienen un componente de género. Las mujeres, adolescentes y personas trans son las principales víctimas de la exposición no consentida de contenido íntimo, del acoso digital, de los ataques coordinados en redes. Es necesario un marco jurídico integral que lo reconozca“, afirmó Riquert.

La llamada Ley Belén fue impulsada por organizaciones feministas para incorporar la violencia digital como forma de violencia de género en la Ley 26.485, aunque en la actualidad dicha ley sigue en discusión. Por su parte, la Ley Olimpia propone crear un registro de agresores digitales y establecer penas específicas para la ciberviolencia.

Lo que está en discusión es si vamos a seguir tratando estos delitos como casos aislados o si vamos a construir una política penal con perspectiva de género y tecnología. El derecho penal no puede ser ajeno a estos debates sociales”, agregó.

Inteligencia artificial, deepfakes y nuevos desafíos jurídicos

El uso creciente de inteligencia artificial (IA) plantea nuevas preguntas para el derecho penal. Una de las más inquietantes es la proliferación de “deepfakes”: videos falsos hiperrealistas generados mediante algoritmos que imitan la voz y el rostro de una persona.

“Los deepfakes pueden utilizarse para cometer delitos como extorsión, difamación, violencia simbólica o suplantación de identidad. También pueden desestabilizar procesos electorales o generar pánico social. Pero la legislación penal todavía no está preparada para abordar con claridad estas situaciones”, señaló Riquert.

Otro uso problemático de la IA es la generación automatizada de contenido sexual infantil, incluso sin que medie la participación de una víctima real. “Hay jurisprudencia incipiente que discute si este tipo de material puede ser considerado delito. El problema es que la legislación tradicional parte del supuesto de una víctima concreta, y acá la lesividad es simbólica pero real: se refuerzan fantasías pedófilas, se banaliza la violencia sexual, se normaliza el consumo de estas imágenes.”

En este marco, Riquert plantea la necesidad de un nuevo paradigma penal, que no se limite a castigar a posteriori, sino que incorpore herramientas de prevención, alfabetización digital y análisis técnico actualizado.

La universidad como laboratorio crítico y pedagógico

Frente a estos desafíos, la formación universitaria cumple un rol clave. Riquert destacó que la Facultad de Derecho de la UNMDP fue pionera en la incorporación de la cátedra denominada “Inteligencia Artificial y Derecho“, en la que se abordan estas problemáticas desde una perspectiva jurídica y crítica. “Necesitamos futuros juristas que entiendan de qué hablamos cuando decimos deepfakes, criptoestafas, ciberacoso. No se puede litigar ni legislar en un mundo digital con lógica del siglo XIX“, sostuvo.

En esa línea, el especialista promueve la utilización de simuladores, debates de casos reales, trabajo con inteligencia artificial y análisis de jurisprudencia comparada. Además, plantea la articulación entre Derecho, Informática, Psicología y Ciencias de la Comunicación para abordar la violencia digital desde una mirada integral.

La universidad tiene que ser un laboratorio de ideas y de herramientas. No basta con saber qué dice el Código Penal: hay que saber cómo se producen las pruebas digitales, cómo se preserva la cadena de custodia, cómo se aborda a la víctima para evitar la revictimización. Y sobre todo, cómo prevenir antes que castigar.”

En un presente dominado por pantallas, algoritmos y plataformas, el derecho penal se enfrenta a su mayor desafío: repensarse sin renunciar a sus principios. La tecnología no sólo cambia los medios con los que se cometen delitos, sino también las formas de pensar la responsabilidad, la víctima, el castigo y la prevención.

La solución no está en criminalizar todo, sino en entender mejor. En formar, en educar, en proteger. El derecho penal es una herramienta, pero no la única. Si queremos una sociedad más justa, tenemos que pensar la justicia también en clave digital”, concluyó Riquert.

Una nueva obra para un nuevo escenario digital

En abril de 2025, Riquert publicó su octava monografía dedicada al vínculo entre derecho penal y tecnología: Nuevas tecnologías y derecho penal, editada por Erreius. La obra, prologada por el Prof. Dr. Marcos Salt, aborda temas de vanguardia como la aplicación de la ley penal en el metaverso, la regulación del ciberpatrullaje y la inteligencia artificial aplicada a la seguridad, así como los desafíos constitucionales que plantean estas prácticas. También analiza las implicancias de la Ley Olimpia y el proyecto de Ley Belén en materia de violencia de género digital. Con un enfoque crítico y actualizado, el autor propone repensar las herramientas jurídicas frente a un entorno digital en constante transformación.