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Policiales 24 de julio de 2022

Condenaron a un hombre por haber abusado de su hijastra

El Tribunal Oral en lo Criminal N° 3 le impuso una pena de 14 años de prisión por el delito de "abuso sexual con acceso carnal agravado por ser cometido contra una menor y aprovechando la situación de convivencia preexistente".

El Tribunal Oral en lo Criminal N° 3 condenó en juicio abreviado a 14 años de prisión a un hombre por haber abusado sexualmente reiteradas veces de su hijastra entre 2018 y 2021.

El juez Federico Wacker Schroder, tal como había planteado el fiscal Alejandro Pellegrinelli, le impuso la pena al hombre por el delito de “abuso sexual con acceso carnal agravado por ser cometido contra una menor y aprovechando la situación de convivencia preexistente”.

El imputado se encontraba detenido de manera ininterrumpida desde el 1 de junio de 2021, por lo que su pena de 14 años de prisión vencerá el 31 de mayo de 2035. 

Como argumentos del monto de pena impuesto, el juez Wacker Schroder explicó en la sentencia que tomó como agravantes “la reiteración delictiva en un breve transcurso de tiempo, la considerable extensión temporal de los actos abusivos y la gravedad y extensión de las lesiones producidas al nivel genital de la menor“.

Abusos reiterados

Los abusos sexuales cometidos por el condenado ocurrieron entre 2018 y 2021, cuando la nena tenía entre 8 y 11 años y se dieron en dos casas diferentes, en las que convivían ya que el hombre era la pareja de la madre de la niña.

La mecánica de las violaciones se repitió en esos años: el hombre aprovechaba cuando su pareja se iba a hacer las compras o a trabajar y quedaba a cargo de la menor. Las primeras veces fueron tocamientos, pero luego los abusos comenzaron a ser con penetraciones. “Fue por más con el tiempo”, dijo la víctima a declarar en Cámara Gesell.

Para el juez, la declaración que dio la niña en Cámara Gesell fue contundente. La víctima relató haber sufrido abusos sexuales y señaló en todo momento a su padrastro como el autor. “Fue clara y precisa, pese a su corta edad, cuando
relató las circunstancias de modo, tiempo y lugar en las que sucedieron los hechos  acusados”, consideró el magistrado en la sentencia.

Como los abusos siempre se daban cuando la madre de la víctima se iba de compras, la menor se ofrecía cada vez a acompañarla, por miedo a quedarse sola con el abusador, quien lo impedía para poder quedar a solas con la nena. Luego de los abusos, el hombre le decía a su hijastra que no comentara nada, porque “le iba a pasar algo malo a ella y a toda su familia” y le prometía que “nunca más” volvería a pasar.

La nena pudo denunciar a su padrastro en enero de 2021, cuando le contó a su madre lo que pasaba en la casa, lo que sufría, los tormentos que había vivido. La mujer le creyó a su hija de inmediato e increpó al condenado, quien al principio desmintió lo descripto por la niña, pero luego refirió que fue cosa de una sola vez, justificando su actuar por la condición de ebriedad. Posteriormente, con un cuchillo en mano, el imputado la amenazó de muerte a ella y a sus hijas, y luego dijo que daría fin a su propia vida en caso que hiciera la denuncia.

Credibilidad objetividad y subjetiva

El testimonio de la víctima suelen ser la única prueba de cargo de carácter directa en estos delitos de violencia sexual en un contexto de intimidad, para que el violador asegure la consumación del acto como para impedir el auxilio de terceros. Es por este que el juez debe analizarse desde la credibilidad tanto subjetiva como objetiva y la persistencia en la incriminación, los que desarrollaré individualmente a continuación.

La credibilidad subjetiva implica la ausencia de motivos que debiliten la veracidad del testimonio. Para Wacker Schroder, luego de analizar toda la prueba recabada durante la investigación, no se hallaron elementos que pusieran en duda o desacreditaran los dichos de la víctima, sino lo contrario.

La credibilidad objetiva, en cambio, se refiere a la coherencia de manera interna en la declaración, es decir que sea lógica y que pueda corroborarse con datos objetivos periféricos.

Para el magistrado, la niña fue coherente en todo su relato, sin dubitaciones y con la suficiente claridad a la vez que brindó detalles descriptivos de calidad pese a su corta edad. “La certeza de su narración y espontaneidad respecto a las circunstancias en las que sucedieron los abusos y la referencia a una única persona involucrada, siendo siempre la misma, no deja lugar a dudas y denota fortaleza en sus dichos. Las declaraciones de la madre brindan un respaldo objetivo al testimonio de la menor, lo que da cuenta de la veracidad y coherencia intrínseca de su relato”, concluyó el juez.