Deberá ir a juicio por comprar un celular robado
El teléfono había sido sustraído durante un asalto en diciembre de 2025 y se activó horas después con un chip a nombre del acusado. La Cámara confirmó la elevación a juicio al considerar que existen elementos para sostener que conocía su procedencia ilícita.
Un hombre que compró por 70 mil pesos un teléfono celular robado deberá afrontar un juicio oral acusado de encubrimiento. La Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal de Mar del Plata confirmó la decisión de elevar la causa a esa instancia, al considerar que existen elementos suficientes para sostener, provisoriamente, que sabía que el aparato tenía procedencia ilícita.
El hecho ocurrió el 18 de diciembre de 2025, cuando tres delincuentes sustrajeron distintos bienes a una pareja. Entre los objetos robados había un teléfono Motorola G14 que, horas después del asalto, fue activado con una línea telefónica registrada a nombre de Lucas Gabriel Salvatierra.
Según consta en el expediente, el aparato fue localizado posteriormente en poder del acusado, durante un allanamiento realizado en su vivienda de Arana y Goiri al 11.800. Los informes de las empresas Movistar y Claro permitieron vincular el equipo sustraído con el abonado utilizado por Salvatierra.
En su descargo, el imputado sostuvo que había comprado el celular a un hombre que contactó a través de Instagram. Según explicó, el vendedor le ofreció el aparato por esa red social y ambos concretaron la operación en una plaza del barrio Belgrano, a media cuadra de la casa del supuesto vendedor. También aportó datos sobre el usuario de la red social y las características del hombre con quien realizó la transacción.
La defensa pública, a cargo del abogado Mauro Giacomaso, pidió el sobreseimiento al sostener que no estaba acreditada la participación del acusado en un delito y que su conducta no constituía encubrimiento. Argumentó, además, que los datos aportados por Salvatierra habían permitido orientar la investigación e individualizar a una persona que podría estar vinculada con la sustracción del teléfono.
Sin embargo, los jueces rechazaron esos planteos. En su resolución, señalaron que la compra del celular pocas horas después del robo, el precio inferior al del mercado legal y la modalidad de la operación -acordada por redes sociales y concretada con el pago contra entrega en una plaza- constituyen indicios que permiten sostener que el acusado conocía la procedencia ilícita del aparato.
La Cámara consideró que la prueba reunida alcanza para mantener la imputación en esta etapa del proceso, aunque aclaró que la responsabilidad penal deberá determinarse en el debate oral, bajo los principios de contradicción, inmediación y publicidad.
De esta manera, quedó confirmada la decisión del Juzgado de Garantías N.º 5, que había rechazado el pedido de sobreseimiento y dispuesto la elevación a juicio de la causa por el delito de encubrimiento.
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