La Ciudad

Descontarán el día a los docentes municipales que adhirieron al paro

Lo estableció municipio a través de una resolución del secretario de Legal, Técnica y Hacienda. El personal jerárquico deberá informar quiénes no asistieron el lunes a sus respectivos establecimientos.

El gobierno local les descontará el día a los docentes municipales que adhirieron el lunes al paro nacional convocado por la Confederación de Trabajadores de la Educación (Ctera).

A través de la resolución 64 de 2026, el secretario de Legal, Técnica y hacienda, Mauro Martinelli, estableció que las inasistencias del 2 de marzo que no sean justificadas “por algunas de las causales previstas en la normativa vigente” serán descontadas de los haberes.

Dispuso además que el personal jerárquico (responsables de área, jefes o encargados de las dependencias municipales) deberán registrar y comunicar a la Dirección de Recursos Humanos la nómina del personal que no haya prestado servicio por la medida de fuerza.

El gobierno municipal ya había tomado la misma decisión respecto a los municipales que adhirieron al paro general impulsado por la Confederación General del Trabajo (CGT) el 19 de febrero. En ambas circunstancias, el Sindicato de Trabajadores Municipales (STM) adhirió y comunicó la decisión al Ejecutivo, lo que no impide el descuento de las inasistencias.

“El derecho a la percepción de haberes por parte del personal municipal presupone, como principio general, la

efectiva y regular prestación del servicio, conforme las obligaciones emergentes de la relación de empleo público”, explicó Martinelli.

“La jurisprudencia imperante en la temática tiene dicho que no corresponde abonar salarios por tareas no

prestadas, extremos expresamente prohibidos por la Corte Suprema de Justicia de la Nación al sostener que ‘en la

relación de empleo público no corresponde abonar salarios por trabajos no realizados’, o sea ‘cuando no existe una

efectiva prestación de servicios'”, argumentó.

Según el municipio, “la retribución salarial se sustenta en la efectiva prestación del servicio” y “el Estado empleador no se encuentra obligado a financiar una medida de acción directa”, 

“En este caso, la medida adoptada por Ctera y comunicada por el Sindicato de Trabajadores Municipales no se origina en un conflicto colectivo de trabajo local ni se vincula con condiciones laborales, salariales o de prestación de servicios del personal docente municipal”, agregó.

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