Desde el 1 de abril será obligatorio discriminar el IVA en las facturas
Cada ticket o factura deberá llevar la leyenda "Régimen de Transparencia Fiscal al Consumidor Ley 27.743". La medida no alcanza a los monotributistas que seguirán facturando de la misma forma.
Todas las facturas emitidas por vendedores de bienes y servicios deberán detallar en el monto correspondiente al IVA contenido a partir de este martes 1 de abril, según una resolución de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA).
El régimen de transparencia fiscal comenzó a aplicarse en enero de 2024: en una primera etapa, la medida obligó a las grandes empresas a discriminar en sus facturas el IVA y otros impuestos nacionales indirectos que inciden en los precios que pagan los consumidores finales.
La medida no alcanza a los monotributistas que seguirán facturando de la misma forma.
El incumplimiento de estas obligaciones estará sujeto a la sanción de clausura de 2 a 6 días del establecimiento, según lo dispuesto la Ley de Procedimientos Fiscales.
Cada ticket o factura deberá llevar la leyenda “Régimen de Transparencia Fiscal al Consumidor Ley 27.743”.
En cada factura los consumidores deben poder observar en un apartado específico el monto de IVA incluido en el precio final y, de corresponder, otros impuestos nacionales indirectos (solo internos).
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