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Interés general 4 de septiembre de 2026

Desestiman denuncia por la cámara instalada en el Polivalente de Arte

La Fiscalía concluyó que el dispositivo había sido colocado para identificar a quien vandalizaba un cartel y que no se encontraron imágenes de menores en situaciones sexuales.

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Protesta frente al Polivalente cuando se denunció la instalación de la cámara.

La Justicia de Mar del Plata desestimó la denuncia y archivó la investigación por la instalación de una microcámara en el salón de usos múltiples del Polivalente de Arte, al concluir que no se acreditó la existencia de un delito y que tampoco fueron encontradas imágenes de menores en situaciones sexuales o de sus partes genitales con una finalidad de ese tipo.

La causa se había iniciado a partir de una denuncia presentada el 3 de junio por la presidenta de la Cooperadora del establecimiento, luego de que se descubriera una cámara instalada en el SUM, un espacio compartido por instituciones educativas y utilizado para clases de danza y folklore. De acuerdo con los testimonios incorporados al expediente, allí también se cambiaban de ropa estudiantes menores de edad.

La investigación buscó determinar si el dispositivo había sido utilizado para obtener imágenes de los estudiantes y, eventualmente, si esas imágenes podían constituir material de abuso sexual infantil. La Fiscalía sostuvo que esa hipótesis no pudo ser corroborada: no se encontraron fotografías ni videos de menores desnudos, participando de actividades sexuales o mostrando sus partes genitales con finalidad sexual.

En cambio, la pesquisa permitió establecer el motivo por el cual había sido colocada la cámara. La resolución señala que el director del Instituto de Profesorado de Artes, Santiago Lanucara, había dispuesto instalarla para identificar al estudiante que estaba dañando reiteradamente un corpóreo ubicado sobre el escenario del SUM. Un correo enviado por Lanucara el 28 de mayo advertía sobre los daños y adjuntaba filmaciones en las que se observaba a un alumno provocándolos.

Además, un trabajador del área de medios de apoyo técnico pedagógico del Instituto declaró que la cámara era fija y estaba dirigida hacia el cartel. Según su testimonio, Lanucara le había informado que el dispositivo sería colocado debido a los reiterados daños y posteriormente le comunicó que había sido retirado.

Otro elemento considerado por la Fiscalía fue que no surgió ninguna prueba independiente que vinculara al vicedirector Juan Carlos Nizzi o a otra persona con la instalación de la cámara. La resolución también señala que las imágenes que eventualmente pudiera haber registrado el dispositivo no fueron conservadas, ya que la cámara almacenaba información en una tarjeta de memoria que posteriormente fue formateada.

Durante la investigación también se realizaron inspecciones para determinar si existían otros dispositivos ocultos dentro del establecimiento. Una de ellas estuvo a cargo de personal de la Delegación Explosivos y no permitió encontrar otras cámaras. Previamente, efectivos de la Comisaría Primera habían inspeccionado el SUM y documentado mediante fotografías la ubicación del dispositivo denunciado.

La resolución consideró que la investigación no había permitido comprobar un ilícito que debiera continuar siendo investigado en el fuero penal. En consecuencia, la Fiscalía resolvió desestimar las actuaciones por no constituir delito los hechos denunciados y archivar la Investigación Penal Preparatoria, con notificación a la denunciante y comunicación al Juzgado de Garantías.

La decisión no implica un pronunciamiento sobre la conveniencia o legalidad administrativa de haber instalado una cámara en un espacio utilizado por estudiantes, sino que la Fiscalía concluyó que los hechos investigados no encuadraban en el delito penal que había dado origen a la causa.