El ADN destruyó la farsa del hombre que abusó durante 8 años de su hijastra
La Justicia lo condenó a 11 años y 6 meses de prisión en un juicio abreviado. Abusó de la hija de su pareja y la obligó a decir que el embarazo era de un supuesto novio. Incluso se creó un perfil falso en redes para sostener la mentira.
Por Germán Ronchi
“No quiero saber nada de vos ni del bebé”, leía en su teléfono celular una joven de 15 años, apenas una niña. Supuestamente, eso le escribía un compañero del colegio con el que habría tenido una esporádica experiencia sexual en una fiesta.
Sí, supuestamente. Lo único real era su embarazo a tan temprana edad. Pero de acuerdo a la investigación de la Unidada Fiscal Nº 1, a cargo de Florencia Salas, tras una denuncia por abuso, cuando quedó embarazada su padrastro la obligó a decir que el padre era un chico de su edad para evitar sospechas.
Y para sostener esa mentira, la víctima incluso debió crear un perfil falso de Facebook con una foto inventada, mientras que la pareja de su madre utilizó un número de WhatsApp apócrifo para enviar mensajes haciéndose pasar por ese supuesto joven, compañero de la escuela, bajo un nombre que nunca se encontró en los registros del colegio.
Esa versión sostenida por años a base de mentiras, en el nucleo familiar, comenzó a desmoronarse al tomar intervención la Justicia.
Durante años se mantuvo la historia de un supuesto novio adolescente al que se le atribuía el embarazo de la joven. Pero una prueba de ADN, sobre la gemelas que dio a luz, comprobaron que el padre biológico era su padrastro, quien abusó de ella durante 8 años, desde que era menor de edad, hasta que decidió denunciarlo.
La Justicia condenó a 11 años y 6 meses de prisión por abusar sexualmente durante años de su hijastra, con quien tuvo dos hijas gemelas producto de las violaciones. La resolución fue dictada en el marco de un juicio abreviado homologado por la Justicia.
La prueba de ADN fue condenatoria: el análisis confirmó que el imputado era el padre biológico de las niñas, una evidencia científica que resultó clave para acreditar los abusos y sellar su responsabilidad penal.
De acuerdo con la sentencia a la que tuvo acceso LA CAPITAL, los abusos se extendieron aproximadamente desde julio de 2016 hasta julio de 2024, período en el que el acusado convivía con la joven y su madre. Los hechos comenzaron cuando todos residían en la localidad de Montecarlo, en la provincia de Misiones, y continuaron tras la mudanza a Mar del Plata.
Durante esos años aprovechó la relación de confianza y la situación de convivencia para someterla sexualmente en reiteradas oportunidades. Según quedó acreditado, los hechos comenzaron cuando la víctima tenía entre 12 y 13 años, inicialmente conductas de índole sexual que luego derivaron en accesos carnales reiterados.
Los ataques ocurrían principalmente cuando la madre de la adolescente se ausentaba del domicilio por cuestiones laborales, momento que el agresor aprovechaba para abusar de ella. En ese contexto, cuando tenía 15 años la joven fue a una fiesta a la que el imputado fue a buscarla y la violó nuevamente en el camino de vuelta. Producto de ello quedó embarazada y en septiembre de 2020 dio a luz a dos niñas gemelas.
Durante años el hecho fue ocultado dentro del entorno familiar bajo la versión del supuesto novio adolescente, a través de la creación de una cuenta falsa de Facebook y un Whatsapp apócrifo.
Por entonces, el abusador le decía a la hijastra “menos mal que fuiste a esa fiesta”, haciendo referencia a la invención de su coartada.
La situación salió a la luz en julio de 2024, cuando la joven decidió contarle lo ocurrido a su madre y luego radicó la denuncia.
A partir de allí se inició una investigación judicial que incluyó pericias psicológicas y sociales, además de un estudio de ADN que confirmó que el imputado era el padre biológico de las niñas. Tras reunir las pruebas, la fiscalía solicitó la detención del acusado, que se concretó el 19 de marzo de 2025.
Finalmente, el caso se resolvió mediante un acuerdo de juicio abreviado, en el que el imputado aceptó su responsabilidad penal y la pena propuesta.
El tribunal lo declaró autor del delito de abuso sexual con acceso carnal agravado por haber sido cometido contra una menor de 18 años aprovechando la situación de convivencia, imponiéndole la pena de 11 años y 6 meses de prisión efectiva, además de ordenar su incorporación al registro de condenados por delitos contra la integridad sexual y la obtención de su perfil genético para el banco nacional correspondiente.
En la sentencia también se valoró como agravante la prolongada duración de los abusos, la diferencia de edad entre la víctima y el agresor y el vínculo de confianza existente, ya que el acusado convivía con la joven y su madre.
Además, el tribunal consideró especialmente las maniobras de manipulación y ocultamiento desplegadas durante años, que incluyeron presiones para mantener en secreto los hechos y sostener una versión falsa sobre el embarazo.
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