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El País 22 de abril de 2021

El Senasa fija nuevas condiciones para la exportación de carne ovina a la UE

Es aplicable a los establecimientos rurales proveedores de Europa. Se creó un registro en el que deberán estar presentes.

La oficina local del Senasa, ubicada en el puerto de Mar del Plata, es la cabecera de la Regional Sur.

El Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa) estableció nuevas condiciones y requisitos aplicables a los establecimientos rurales proveedores de ganado para faena de exportación con destino a la Unión Europea (UE) para la especie ovina, a través de la resolución 185/2021 publicada hoy en el Boletín Oficial.

La misma determinó que deben inscribirse en el Registro Nacional de Establecimientos Rurales Proveedores de Ganado para Faena de Exportación con destino a la UE.

Además, los establecimientos tienen que acreditar la inscripción en el Registro Nacional Sanitario de Productores Agropecuarios (Renspa).

Asimismo, se estableció que es responsabilidad del productor identificar los animales nacidos y criados en el establecimiento.

Los animales deben ser trasladados en forma directa a las plantas de faena en transportes habilitados por el Senasa, precintados, con Certificado de Lavado y Desinfección vigente.

Además, se determinó que los propietarios de animales en los establecimientos rurales “son responsables directos y solidarios por el cumplimiento de los requisitos y las condiciones previstas en la presente resolución, como también de las disposiciones de control sanitario y de identificación de ganado vigentes”.



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