Habilitan demanda contra el sistema de puntajes para otorgar nuevos permisos de pesca
El Juzgado Federal N°4 se declaró competente en la presentación que busca declarar inconstitucional la resolución del Consejo Federal Pesquero que establece los criterios para adjudicar la explotación de calamar mediante buques poteros.
El Juzgado Federal N° 4 de Mar del Plata habilitó una demanda que cuestiona el sistema de puntajes creado por el Consejo Federal Pesquero para adjudicar nuevos permisos de pesca de calamar mediante buques poteros.
La presentación sostiene que el régimen beneficia a proyectos radicados en provincias patagónicas y perjudica la competitividad de Mar del Plata, el principal puerto pesquero del país.
La decisión judicial se produce en el marco de una demanda impulsada por Federación Fecooport y el Sindicato Unidos Portuarios Argentinos (SUPA), ambos con sede en Mar del Plata. Las entidades promovieron una acción de inconstitucionalidad contra la Resolución 6/2026 del Consejo Federal Pesquero, específicamente contra el inciso E del Anexo V, que fija un sistema de puntuación para adjudicar nuevos permisos de pesca de calamar (Illex argentinus).
El principal punto cuestionado es que la resolución premia con mayor puntaje a los proyectos que desembarquen en provincias patagónicas: a Tierra del Fuego se le otorgan 30 puntos; a Santa Cruz, 25; a Chubut, 20; a Río Negro, 15; y a Buenos Aires, 10.
Los demandantes plantearon la “especial gravedad” de esta medida para los empresarios de la ciudad, donde se concentra “una parte sustancial de la infraestructura portuaria, las plantas de procesamiento, los servicios asociados a la actividad, las inversiones realizadas y una proporción significativa del empleo vinculado al sector”.
De esta manera, el sistema de puntaje impulsado por el CFP obliga a los proyectos del complejo pesquero bonaerense a “realizar mayores inversiones, asumir costos adicionales o resignar competitividad” para alcanzar niveles de puntuación equivalentes a aquellos que pueden obtener iniciativas asociadas a otras jurisdicciones.
En su dictamen, el fiscal general Daniel Adler sostuvo que corresponde analizar si el criterio territorial incorporado por la resolución constituye una simple reglamentación de la Ley Federal de Pesca o si, por el contrario, introduce un nuevo parámetro de selección no previsto por el Congreso.
Según el representante del Ministerio Público Fiscal, la Ley Federal de Pesca habilita al CFP a reglamentar el otorgamiento de permisos, pero advirtió que debe analizarse si el organismo excedió esas facultades al incorporar criterios de promoción territorial.
Además, consideró que debe determinarse si el puntaje diferencial según la provincia de desembarque guarda relación con la administración del recurso pesquero o si responde a objetivos de desarrollo regional que exceden las competencias del CFP.
Tras este pronunciamiento de Adler, el Juzgado Federal N°4 de Mar del Plata, a cargo de Santiago Martín, se declaró competente para intervenir en la causa y dio por habilitada la instancia judicial. El CFP deberá contestar la demanda en cinco días hábiles y presentar sus defensas.
A su vez, el juez requirió al CFP un informe previo antes de resolver la medida cautelar solicitada por los demandantes, quienes buscan suspender la aplicación del sistema de puntajes mientras se tramite la causa.
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