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Policiales 24 de septiembre de 2026

La Fiscalía de Menores confirmó que el comerciante fue asaltado y convocó al sobreviviente

El fiscal Carlos Russo determinó que existen elementos probatorios del intento de robo que sufrió Ulises Abel Cristiano (36) frente a la Química Imperio, tras el cual disparó y mató al adolescente Sebastián Nazareno García (16). El joven de 15 años que resultó herido en el hecho se presentará el martes y decidirá si da su versión del hecho o no.

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La Fiscalía de Menores confirmó que el comerciante Ulises Abel Cristiano (36) fue víctima de un intento de asalto el pasado domingo 16 de agosto a la madrugada, hecho previo a que accionara su arma de fuego y matara al adolescente Sebastián Nazareno García (16). En ese contexto, convocó al joven de 15 años que resultó herido por las mismas detonaciones y sobrevivió para que decida si quiere o no dar su versión del caso.

La audiencia se llevará a cabo el próximo martes pero no exactamente como una citación a declaración indagatoria debido a que, por al momento en el que ocurrió el episodio investigado, el menor era no punible para la ley penal, cuya modificación entró en vigencia a posteriori, el 5 de septiembre. Por ende, lo que deberá tratarse en la diligencia es si ejerce o no su posibilidad a ser oído, tal cual lo contempla la Convención de los Derechos del Niño que regía hasta la fecha mencionada para las personas de su edad.

La conclusión a la que llegó el fiscal Carlos Russo, del Fuero de Responsabilidad Penal Juvenil, es de suma relevancia porque tendrá impacto en la causa del homicidio de García, que es investigada por la Justicia de Mayores. Para el instructor, hay elementos probatorios -entre ellos un video- que demuestran que Cristiano sufrió el delito de “robo doblemente agravado por haber sido cometido en poblado y en banda en grado de tentativa”. Ahora, la fiscal Constanza Mandagarán deberá decidir de cara al avance del expediente si mantiene el procesamiento del comerciante por “homicidio agravado” o si lo modifica a “legítima defensa” con el agravante del “exceso en su accionar”, tal como lo había dejado en claro en su pedido de prisión preventiva para el imputado.

Vale recordar que Cristiano permanece bajo arresto domiciliario luego de que la jueza Rosa Frende avalara la investigación de Mandagarán y dictara su prisión preventiva. En la misma resolución, la magistrada rechazó el planteo de la defensa, que solicitaba la libertad del imputado bajo el argumento de que había actuado en legítima defensa o bajo un exceso en la misma.

Además de la conversión de la detención en prisión preventiva bajo la modalidad domiciliaria, la resolución judicial autorizó la apertura compulsiva del teléfono celular del imputado para llevar a cabo los peritajes informáticos correspondientes. En paralelo, se dispuso la formación de un incidente de excarcelación extraordinaria a pedido de la defensa.

El hecho ocurrió la madrugada del 16 de agosto de 2026, alrededor de las 5, en la esquina de Saavedra y Champagnat. Cristiano, de 36 años y dueño de un comercio de Química Imperio, se encontraba junto a su tío a bordo de su camioneta Toyota SW4 custodiando el local, el cual había sufrido un robo previo. Estaba en la vereda de enfrente y tenía tres armas de fuego.

En ese contexto, un grupo de seis jóvenes a bordo de tres bicicletas se aproximó al vehículo estacionado y la rodeó.

Según la investigación judicial, algunos de los sospechosos intentaron manipular las manijas del rodado para abrirlo. Ante esta situación, Cristiano reaccionó disparando en al menos siete oportunidades con una pistola calibre 9 mm que llevaba en el interior de la camioneta. Aunque el comerciante declaró que reaccionó porque uno de los atacantes lo apuntó con un revólver, los peritajes balísticos e inspecciones del lugar no hallaron armas ni vainas servidas pertenecientes a los agresores.

A raíz de las detonaciones, tres proyectiles impactaron en el cuerpo de Sebastián Nazareno García (16), causándole la muerte de forma inmediata por hemorragia masiva al sufrir heridas en el tórax. Asimismo, otro de los disparos provocó lesiones leves en la mano izquierda a un segundo joven de la misma edad que huyó de la escena y luego ingresó al hospital.

Respecto de la dinámica de las detonaciones, la juez Frende apoyó la posición de la fiscal Costanza Mandagarán en el sentido de que la evidencia objetiva contradice la versión de un tiroteo cruzado, confirmando que la totalidad de los disparos provinieron de la pistola de Ulises Cristiano. El análisis técnico y sonoro de las cámaras de seguridad comprobó que se registraron siete detonaciones en dos secuencias —cinco seguidas y dos aisladas tras destrabarse el arma—, lo cual coincide exactamente con las siete vainas servidas halladas en el asfalto, todas percutidas por la pistola nueve milímetros del comerciante. En el lugar no se encontró ningún otro calibre, proyectil ni indicio de que el grupo de jóvenes estuviera armado o hubiera accionado algún revólver.

En relación con los testimonios, la resolución expone severas contradicciones entre los dichos del imputado y las pruebas de la causa. Si bien Cristiano declaró que fue encañonado con un revólver oxidado, en la llamada al 911 realizada inmediatamente después del hecho respondió “No sé” al ser consultado sobre si los agresores portaban armas, mientras que su propio tío afirmó no haber visto armamento alguno en manos de los jóvenes. Asimismo, el relato de una vecina que afirmó ver a dos personas disparando desde su vereda fue descartado por la jueza al constatar en los registros fílmicos que los jóvenes huyeron a la carrera sin detenerse frente a ese domicilio.

Por último, la jueza desestimó la postura defensiva sobre el resultado positivo de pólvora en la mano del adolescente fallecido. Apoyándose en el informe de Criminalística, explicó que la presencia de residuos de disparo no implica que la víctima estuviera armada, sino que se justifica por la hipótesis de transferencia por extrema cercanía, dado que el propio imputado reconoció haber disparado a la distancia de un brazo y que el cuerpo no tenía ninguna arma cuando se acercó a verificar su estado. De todos modos señaló que “sin dudas será necesario efectuar una nueva reevaluación del material probatorio una vez concluidas las pericias dispuestas (balística y dermotest sobre las prendas de García) que son indispensables para poder efectuar una correcta interpretación del porque dio positivo el resultado del dermotest”.