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El País 18 de agosto de 2022

La Iglesia Católica rechazó los proyectos de ley que buscan regular la eutanasia en el Congreso

La Comisión Episcopal se pronunció sobre el derecho a las personas a morir dignamente. “No somos los dueños de la vida”, indicaron fuentes de la Iglesia.

La Comisión Episcopal para la Vida, los Laicos y la Familia de la Conferencia Episcopal Argentina manifestó hoy su rechazo a los proyectos de ley que esperan tratamiento en las cámaras de Diputados y Senadores para regular el derecho de toda persona a solicitar y recibir la ayuda necesaria para morir dignamente.

“Ante el anuncio de distintos proyectos de ley de Eutanasia promovidos en ambas Cámaras del Congreso de la Nación, desde la Comisión Episcopal para la Vida, los Laicos y la Familia queremos proponer una reflexión, ya que el Evangelio nos compromete a no ser indiferentes ante discusiones sobre el inicio y el fin de la vida”, sostuvo la institución religiosa mediante un comunicado.

En este sentido, la Comisión afirmó que “no somos los dueños de la vida” y “en toda circunstancia se debe poner su valor por encima de todo y es una obligación el cuidado de las personas en todas en sus etapas, especialmente en la vulnerabilidad”.

Tras remarcar que “se deben valorar los cuidados paliativos e integrales” de los enfermos y subrayar que “quitar la vida no es una vía para aliviar el sufrimiento”, la Comisión Episcopal advirtió que “estamos frente a una nueva manifestación de la cultura de la muerte y del descarte”.

“Por respeto a la vida que nos viene de Dios y de la que no somos dueños, por consideración a tantas personas que se han comprometido con el cuidado de la vida como personal sanitario, por respeto a los que no están y murieron en estos años, pedimos a Dios que en nuestra querida Patria no se dé lugar a leyes que dejen al costado del camino y excluyan de la mesa de la vida a los que más sufren”, aseveró la Iglesia en el comunicado.

Proyectos

En la Cámara de Diputados hay dos proyecto de ley sobre eutanasia con estado parlamentario para su tratamiento pero todavía no se alcanzó un acuerdo para lograr una iniciativa de consenso para ser tratada en la Comisión de Salud, que conduce la socialista Mónica Fein, como paso previo a ponerla en consideración en el recinto, según precisaron a Télam fuentes parlamentarias.

Las dos iniciativas que están en análisis son la denominada “Ley Alfonso”, impulsada por la cordobesa Gabriela Estévez y que lleva las firmas de otras legisladoras del Frente de Todos como Cecilia Moreau (ahora titular de la Cámara de Diputados), Mónica Macha, Jimena López, Mara Brawer y Ana Carolina Gaillard; y la encabezada por la mendocina Jimena Latorre con el acompañamiento de varios colegas del radicalismo.

En el Senado, en tanto, tienen estado parlamentario otros dos proyectos impulsados por los mendocinos Alfredo Cornejo y Julio Cobos, ambos del radicalismo.

Tanto el proyecto de la diputada Estévez en en homenaje a Alfonso Oliva, un joven diagnosticado con ELA en 2014 que luchó por una ley de este tipo y falleció en marzo de 2019, como el resto de las iniciativas que esperan tratamiento coinciden en reconocer el derecho a que las personas que cumplan con ciertos requisitos puedan solicitar y recibir ayuda necesaria para morir dignamente.

Hasta el momento, en la Argentina existe desde el 2012 la Ley N° 26.742, conocida como “Ley de muerte digna”, que regula la eutanasia pasiva, donde se propicia la muerte por la suspensión de procedimientos terapéuticos que sostenían a la persona con vida.

Los proyectos actuales buscan ser “superadores” de esta ley ya que “con frecuencia toman estado público los testimonios de personas que reclaman por su derecho a decidir cuándo poner fin a su vida por no considerarla una vida digna en función de las patologías que padecen”, señala en sus fundamentos el proyecto de Ley Alfonso.

En este sentido, todas las iniciativas contemplan la posibilidad de que una persona con “una enfermedad grave e incurable o un padecimiento grave, crónico e imposibilitante” pueda solicitar una muerte digna, recibir asistencia y acceder a este procedimiento.

Se remarcó que la persona que solicita la eutanasia debe tener ciudadanía argentina o contar con al menos un año de residencia en el país, y ésta puede llevarse adelante bajo dos modalidades: la autoadministración de fármacos en dosis letales o la suministración a través de un médico.

También las distintas iniciativas contemplan la posibilidad de objeción de conciencia por parte de efectores médicos, aunque éstos deben asegurar la derivación del paciente para garantizar la práctica.

Los proyectos son similares en varios aspectos y difieren fundamentalmente en el proceso de aprobación de la práctica.

En este sentido, mientras los proyectos “Ley de Buena Muerte” de Latorre y de Cornejo indica dos instancias desde que el paciente solicite la práctica y la conclusión (o no) de la misma, el de “Interrupción Voluntaria de la Vida” de Cobos y la “Ley Alfonso” de Estévez nombran tres instancias de verificación.

En los cuatro casos se establece la creación de una comisión que evalúe y garantice el proceso.



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