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El País 18 de abril de 2024

Lanata concretó su denuncia contra Milei por haberlo llamado “ensobrado” y la presentación recayó en el juzgado de Lijo

El periodista denunció un "ataque incesante a la prensa", que incluye -además de su caso- a otros colegas a los que el Presidente también cuestionó en sus redes sociales.

Lanata denunció la presunta comisión del delito de "injurias", contra el presidente Javier Milei.

El periodista Jorge Lanata presentó su anunciada denuncia penal contra el presidente Javier Milei por haberlo llamado públicamente “ensobrado” y el trámite recayó en el juzgado que encabeza Ariel Lijo.

Lanata denunció la presunta comisión del delito de “injurias”, que consiste en adjudicarle a otra persona una conducta que implica un desvalor sobre su persona.

La causa quedó registrada con el número 1431/2024 y recayó por sorteo en el juzgado federal número cuatro, a cargo del juez Lijo, recientemente nominado para la Corte Suprema de Justicia por el propio jefe de Estado.

“Milei ha ido mucho más allá del ejercicio de su derecho a difundir ideas y opiniones. Se ha dedicado a agraviarme sin justificativo ni causa alguna”, sostuvo Lanata en su querella, patrocinada por los abogados Elba Marcovecchio y Patricio Carballés.

El periodista denunció un “ataque incesante a la prensa”, que incluye -además de su caso- a otros colegas a los que el Presidente también cuestionó en sus redes sociales.

Lanata criticó la presencia del embajador de Israel en la Argentina, Eyal Sela, durante una reunión del Comité de Crisis creado ante la situación de conflicto en Medio Oriente.

Milei respondió en la red social X desmintiendo la presencia del diplomático en la reunión (aunque admitió que estuvo en la previa), calificando a Lanata como “larretista” (seguidor del ex precandidato presidencial Horacio Rodríguez Larreta) y se preguntó: “¿Decir la verdad requiere sobre?”.

“Me identifica como “larretista”, algo que no soy en modo alguno”, resume la presentación.

“El tildar de mentiroso y de recibir sobres tiene la unívoca intención de dañar la reputación de la persona atacada. (…) Ello no hace más que agravar la ofensa, pues para la tipificación del delito alcanza con que el conocimiento de la injuria haya sido llevado, por obra intencional del agente, a terceros ajenos al proceso”, sintetizó.