Las increíbles desventuras de un proceso judicial por un crimen de 2009
En 2009 una mujer fue asesinada en el hotel donde vivía con su esposo y su hijo. Este último confesó el asesinato pero fue absuelto por errores de la policía. En noviembre debería llevarse a cabo un nuevo juicio, algo que parece imposible e impractiable, además de reñido con el límite de las garantías procesales.

Hay crímenes y crímenes. Investigaciones e investigaciones. Justicia y justicia. No todo fluye por el mismo sendero de lógica y una muestra de eso es el asesinato de Gloria Jesús Valenzuela Urbina (44) ocurrido un frío lunes de agosto de 2009 en un hotel de Punta Mogotes. Al borde de la prescripción legal, 16 años más tarde, un Tribunal de Mar del Plata deberá recrear toda la prueba y repetir el juicio que sobreseyó al hijo de la víctima y a su novia por un exceso en el accionar de la policía.
Es un caso extraordinario desde toda posición que se lo observe. Y extraordinario en la definición más etimológica del término, porque sale de lo conocido, de lo frecuente y del mismo sentido común. ¿Cómo se entiende que sea posible reconstruir toda la prueba de un episodio criminal sucedido hace tanto tiempo, con testigos o peritos fallecidos o con el olvido jugando en contra? ¿Puede la Justicia obviar todo eso y ordenar que se desarrolle un debate con chances de un fallo justo?
Entre el 3 y el 11 de noviembre próximos la agenda del Tribunal Oral N°1 está reservada para sentar en el banquillo del acusado a Javier Melchor (35) y a quien por entonces era su novia, Marianela Corti (36), aunque existen altas probabilidades, acentuando la singularidad de esta causa, de que el juicio no tenga una resolución por cuestiones de prescripción de la acción penal, del plazo razonable e incluso de imposibilidad probatoria real y objetivo. En el caso de Corti resulta extraña la negativa a su imprescriptibilidad, ya que nunca se transfiere el agravante de un vínculo a un coautor, por lo que, en el peor de los casos, podría ser juzgada por un homicidio simple, que ya prescribió en 2022.
En marzo de este año, la Cámara de Apelaciones rechazó los argumentos de los defensores Osvaldo Verdi, por Melchor, y de Rodrigo López Santoro, por Corti, y confirmó la realización del juicio. Ahora el Tribunal deberán extremar sus criterios, su tolerancia y su imaginación, por qué no, para sostener el debate dentro de los carriles de coherencia jurídica-procesal.
La cronología fría marca fechas y sucesos, pero el expediente que lleva el número 13570/09 otorga señales para entender lo que ocurrió el 3 de agosto de 2009 en el hotel Melchor de Tripulantes del Fournier al 2200. Allí vivía una familia con algunas peculiaridades compuesta por Gloria Valenzuela Urbina, su esposo Oscar Melchor y el hijo de ambos, Javier. La calidad de los vínculos se había deteriorado y, refieren muchos testigos, que quien más sufría las consecuencias era el hijo.
Esa presión interna terminó por implosionar el seno familiar aquel lunes, cuando Javier Melchor, de 18 años, atacó a su madre y le aplicó varias 14 puñaladas hasta causarle la muerte. Debido a que su novia estaba con él ese día, más tarde quedaría señalada por el fiscal, aunque ella siempre declaró haber sido ocasional testigo de un “hecho horripilante”.
Horas más tarde de consumado el asesinato, Melchor llamó a un amigo y le confesó que había matado a la madre. Incrédulo, el joven debió asimilar lo que acababa de escuchar y poco después, ya de madrugada, llamó a la comisaría quinta para contarlo.
Y allí comenzó el problema de la negligencia policial advertida por el Tribunal N°1, con su entonces conformación de Aldo Carnevale, Facundo Gómez Urso y Pablo Viñas. Los policías fueron hasta el hotel a las 4 de la madrugada y quienes los atendió fue Oscar Melchor. Entonces les dijo que su esposa estaba cuidando a una amiga en el Hospital Privado de Comunidad. La policía se retiró y al certificar por diferentes medios que los dichos sobre el paradero de la mujer eran falsos decidieron tomarle declaración formal al amigo e iniciar de esa manera una causa. Y dieron aviso al fiscal Pablo Cubas.
Pero el error de los policías fue regresar al hotel a la mañana siguiente, entrar a la casa con engaños (no avisaron por el motivo real, ni hicieron referencias a la declaración del amigo, a que el joven Melchor Valenzuela era un sospechoso, etc.) y accedieron a la terraza donde finalmente vieron el cadáver de Valenzuela Urbina. El cuerpo estaba envuelto en una manta y una alfombra.
Los dos jóvenes fueron aprehendidos y permanecieron presos, en el caso de Corti, durante nueve meses en el Destacamento Femenino. Ambos llegaron al juicio del año 2012 con arresto domiciliario.
Durante el debate Melchor admitió que había atacado a su madre y Corti se mostró ajena al hecho, algo que parecía bastante claro. Sin embargo, los jueces debieron dictar la nulidad de todo lo actuado por el inapropiado accionar de la policía, al vulnerar las garantías del proceso con ese ingreso a la casa sin orden judicial. “No existen vías autónomas de investigación para arribar a un veredicto condenatorio”, dijo el Tribunal y absolvió de manera unánime tanto a Melchor como a Corti. “No es para estar contento porque hay una persona muerta y porque a mí me absolvieron por la mala labor policial y no por llegar a la verdad de mi inocencia”, declaró entonces la mujer.
La resolución fue apelada por el Ministerio Público Fiscal pero en 2014 Casación confirmó la nulidad de lo actuado por la policía y, en consecuencia, avaló el fallo del Tribunal N°1. Unos años más tarde, quien revisó la sentencia fue la Suprema Corte bonaerense, que entendió todo lo contrario, al dar por válido el procedimiento de los policías de la comisaría quinta y ordenó un nuevo juicio.
Esta medida fue apelada por las defensas y a fines de 2023 el máximo tribunal argentino, la Corte Suprema, desestimó la presentación en queja y remitió todo a lo resuelto por la corte bonaerense.
El juicio no tendrá como testigo a Oscar Melchor, por que falleció. Tampoco a los peritos psiquiátricos que prepararon el informe sobre la condición mental del imputado. Muchos testigos habrán olvidado aquello que dijeron hace ya tres lustros. Y deberán ser otros jueces porque de los tres originales, uno se jubiló u los otros dos no pueden intervenir. De los tres que intervinieron luego, uno falleció (Néstor Conti) por lo que probablemente serán Ricardo Perdichizzi, Juan Galarreta y Alexis Simaz.
Eso sí, para agregarle más rareza a esta causa hay una prescripción inminente. Cualquier demora en el inicio del juicio y que superé el 20 de diciembre, dejaría sin efecto la acción penal y entonces sí, el caso no se podrá continuar.

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