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El País 27 de septiembre de 2026

Límites sin resolver: las disputas entre provincias que atraviesan a la Argentina

Sólo una parte de las fronteras provinciales fue fijada mediante leyes nacionales. El resto se apoya en decretos, acuerdos y antecedentes históricos que todavía generan controversias.

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Uno de los casos más relevantes es el enfrentamiento entre La Pampa y Mendoza por el río Atuel.

Por Gabriel Michi

“Ninguna provincia puede declarar, ni hacer la guerra a otra provincia. Sus quejas deben ser sometidas a la Corte Suprema y dirimidas por ella. Sus hostilidades de hecho son actos de guerra civil, calificados de sedición o asonada, que el Gobierno federal debe sofocar y reprimir conforme a la ley”, indica el Artículo 127 de la Constitución Nacional argentina.

La letra de la Carta Magna parece anacrónica. Fuera de lugar y tiempo. Casi de ciencia ficción.

Sin embargo, no es tan así. La presunta armonía que existe entre las provincias argentinas no es tal. O al menos, no en todos los casos. Hay varias provincias que mantienen históricas pujas territoriales -y de otras índoles- sin resolver.

Y, más allá de lo geográfico, también entra en juego el valor estratégico de los recursos naturales, el agua, la minería, la economía, la energía, la logística, el transporte y hasta el turismo.

Muchas de esas diputas han llegado a la Corte Suprema de Justicia. Otras están estancadas en los cajones del Congreso de la Nación.

Y es que los conflictos interprovinciales tienen esas dos instancias para ser resueltos: la legislativa que debe fijar los límites y la judicial que debe intervenir cuando esas normativas son violadas.

Pero no hay avances a la vista en las demarcaciones pendientes. Muchas veces se ingresa en un fangoso pantano que vuelve imposible una salida consensuada.

En otros casos una aceitada negociación política de los gobernadores de turno puede zanjar las diferencias o llegar a acuerdos (provisorios o definitivos), más allá del signo político de los mandatarios.

Pero existen decenas de disputas vigentes donde las provincias se mantienen en “pie de guerra”. Una especie de “guerra gaucha” en pleno siglo XXI. Simbólicamente, claro.

En el medio de semejante laberinto jurídico y político pasó de todo: desde policías provinciales que se desafiaban en lo alto de una montaña hasta escuelas u otras estructuras oficiales con identificaciones de una provincia pero que están dentro de los límites de otra.

Pasando también por intentos simbólicos de “reconquistas” territoriales, declaraciones cruzadas, causas judiciales, corrimientos de las demarcaciones; y muchas preguntas sin resolver cuando, por ejemplo, en la geografía aparece una isla o formación por efecto de la naturaleza (o del hombre) pero que antes no existía y, por ende, no había soberanía por discutir.

Según pudo investigar la Agencia Noticias Argentinas en los registros de la Corte Suprema de Justicia aparecen centenares de expedientes interjurisdiccionales.

Un alto porcentaje (alrededor de 70) son demandas provinciales contra el Estado Nacional por distintos tipos de reclamos. Existen al menos 5 expedientes iniciados por el Estado Nacional contra Gobernaciones.

Y en listado oficial -brindado a NA por el máximo tribunal del país- surgen alrededor de 110 expedientes que son por juicios interprovinciales, de un distrito contra otro. Pero podrían ser muchos más que están en distintos procesos.

Uno de los núcleos principales de esta conflictividad es que sólo el 14% de los límites entre provincias están fijados por leyes aprobadas por el Congreso Nacional, tal como lo estipula la Constitución.

El restante 86% está subdividido por un complejo entramado jurídico donde abundan los decretos de las distintas dictaduras que gobernaron a la Argentina, lo cual genera dudas por su origen señalado como “ilegítimo”.

Incluso hay límites de facto o provisorios que parten, por ejemplo, hasta de acuerdos heredados de reales cédulas de la época colonial (como el caso de Salta y Jujuy) o laudos arbitrales del siglo XIX que nunca tuvieron aprobación del Parlamento nacional.

Eso ha generado confusiones y disputas de todo tipo. Sólo para citar unos ejemplos de relevancia, hay enfrentamientos y reclamos cruzados entre:

– Mendoza y La Pampa: por las consecuencias socioeconómicas y ambientales de las represas mendocinas del Río Atuel en Mendoza que afectan a los pampeanos desde hace más de 80 años. Y por las respectivas regalías.

– Entre Ríos y Santa Fe: por la soberanía de las islas e islotes que se formaron por la sedimentación y el cambio del cauce del río Paraná.

– Salta y Jujuy: por tierras muy ricas en minerales y hasta poblaciones (incluso algunos pueblos originarios) que quedaron el territorio de otra provincia por una demarcación cuestionada que abarca miles de kilómetros cuadrados.

– Salta y Catamarca: por territorios reclamados por ambas provincias y donde ahora hay importantísimos yacimientos de litio, como los del Salar del Diablillo y el Salar del Hombre Muerto, además de otros minerales muy valorados. Algo que encontró una salida negociada con una distribución equitativa de las regalías entre las provincias.

– Santiago del Estero y Catamarca: por una zona fronteriza disputada de 2.000 kilómetros cuadrados donde, por ejemplo, se asienta la población de Las Palmitas.

– La Rioja y San Juan: por un límite en disputa en el distrito de Vicuña donde la riqueza en petróleo y gas –potenciado ahora por Vaca Muerta- agigantó la puja.

– Río Negro y Neuquén: por la pertenencia de la Isla Victoria en el lago Nahuel Huapi y otros islotes que se formaron por el río Limay.

– Río Negro y Chubut: Por deudas en obras y una zona limítrofe mal demarcada que hizo que queden hasta un destacamento policial de una provincia en la otra pero que los gobiernos acordaron cómo solucionarlo.

En 2011 el Instituto Geográfico Nacional publicó el documento “Representación gráfica de los límites interprovinciales en la República Argentina”, un estudio que sirvió para sistematizar toda la información disponible sobre límites interprovinciales en todo el país, aprovechando la precisión que otorgan las nuevas tecnologías y los relevamientos satelitales.

La investigación demostró que hay muchos tramos sin demarcar en varias jurisdicciones (Corrientes, Chaco y Santa Fe; La Rioja y Santiago del Estero; San Luis y San Juan, San Juan y Mendoza, entre muchos más), pero en el caso de Salta y Jujuy ese faltante recorre toda la línea interprovincial.

La Agencia Noticias Argentinas consultó a cada una de las Gobernaciones afectadas. Algunas respondieron y otras prefirieron no hacerlo.

La mirada de los expertos

Ante la consulta de NA, el abogado constitucionalista Andrés Gil Domínguez señaló: “Teniendo en cuenta los históricos conflictos armados y fratricidas entre las provincias argentinas que signaron el proceso previo a la organización nacional, los convencionales constituyentes idearon un mecanismo de solución pacífica de estas controversias, estableciendo la competencia originaria dirimente de la Corte Suprema de Justicia de la Nación”.

Y agregó: “los problemas comienzan cuando las provincias contendientes no cumplen de buena fe lo resuelto por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en las causas que esta resuelve”.

El abogado hace referencia al juicio de la provincia de La Pampa contra Mendoza por el río Atuel (Ver más adelante en esta nota) que ha llegado al máximo tribunal del país.

Gil Domínguez indicó: “Si las provincias deben confiar sus conflictos a la Constitución en lugar de resolverlos por su propia fuerza, la Constitución debe garantizar que la sentencia que sustituye esa fuerza tenga, a su vez, el vigor normativo suficiente para hacerse cumplir. De lo contrario, no sólo se vacía de contenido la competencia dirimente de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, sino que, fundamentalmente, se debilita el propio pacto federal”.

Por su parte, los expertos en Geografía Esteban Salizzi y Malena Mazzitelli Mastricchio escribieron una columna para Noticias Argentinas donde expresaron: “Las disputas limítrofes entre las provincias tienen dos aristas que hay que destacar: la cuestión técnica, por dónde pasa y cómo se define/justifica el trazado del límite; y la cuestión político-económica, que remite a los recursos, bienes, localidades, infraestructuras, quedan situadas de un lado u otro del límite, en propiedad de una determinada provincia y no de otra. Ambas cuestiones difícilmente puedan ser consideradas de forma aislada”.

Y agregaron: “En la actualidad, la fijación de los límites interprovinciales le corresponde de manera exclusiva al Congreso de la Nación mediante la sanción de leyes. La Corte Suprema de Justicia de la Nación puede intervenir mediante fallos para juzgar límites ya definidos por el Poder Legislativo. En estos mecanismos, el Instituto Geográfico Nacional funciona como un asesor técnico, pero no tiene facultades de decisión. Es el encargado de la fiscalización de la cartografía civil que se produce y circula en la Argentina”.

Según el constitucionalista Pedro Caminos, la Carta Magna argentina “conserva cláusulas pensadas para la ‘normalidad’ política del siglo XIX, época en la cual cada provincia contaba con fuerzas militares y en la que, en consecuencia, eran habituales los conflictos bélicos entre ellas”.

“El objetivo pacificador del proyecto constitucional, resumido en dos de los lemas preambulares, ‘constituir la unión nacional’ y ‘consolidar la paz interior’, se tradujo también en la creación de mecanismos institucionales para la resolución de controversias que tienen a la Corte Suprema como protagonista principal, ya sea en su rol concreto de tribunal de justicia, previsto en el artículo 116, como en la peculiar función prevista en el artículo 127 que le confiere una ‘competencia dirimente’ para tratar conflictos interprovinciales que podrían escapar a la tarea propia de un tribunal de Justicia”.

En tanto, desde la Academia Nacional de Geografía, los profesores Héctor Pena y Ezequiel Pallejá explicaron a NA: “Aún existe un déficit significativo en la demarcación limítrofe que originaron conflictos entre provincias o en departamentos de alguna de ellas que, en algunos casos, debieron dirimirse en el ámbito judicial”.

Y continuaron: “Completar las demarcaciones limítrofes constituye una asignatura pendiente que además de necesario, aprovecharía infraestructura tecnológica existente y el calificado capital humano disponible”.

Además, afirmaron: “No caben dudas que en esta materia los avances tecnológicos alcanzados ofrecen nuevas posibilidades para mejorar la determinación, materialización y documentación de los límites territoriales, superando las eventuales divergencias que puedan existir y, fundamentalmente, evitando disputas y litigios a futuro, que siempre son inconvenientes”.

Un caso emblemático y actual: La Pampa vs. Mendoza

El conflicto más resonante que ganó un protagonismo especial en los últimos tiempos es el que enfrenta a La Pampa con Mendoza por el río Atuel.

Una controversia que data de hace casi 80 años: comenzó en 1947 con la construcción de una represa hidroeléctrica Los Nihuiles en Mendoza durante el primer gobierno de Juan Domingo Perón, una obra que perjudicó río abajo a La Pampa.

La histórica disputa socioambiental entre las provincias se desató por el notorio cese del caudal fluvial –por la represa y el uso intensivo del agua en suelo mendocino- que afectó en forma categórica al territorio pampeano.

Y, desde 1973, hace 53 años, la puja también se trasladó a la economía, por la distribución de las regalías generadas por la represa (hoy en proceso de una nueva privatización).

A lo que se suma también la pelea por la contaminación que se generaría en la escasa agua que llega a La Pampa.

En las últimas semanas el conflicto escaló y se agravó por un decreto del gobierno nacional de Javier Milei que redujo los beneficios que recibe La Pampa, favoreciendo a su aliado mendocino, el gobernador Alfredo Cornejo.

El presidente libertario anuló un decreto del gobierno de facto de Agustín Lanusse que establecía que cada una de las dos provincias recibirían lo mismo por las regalías de Los Nihuiles.

Si bien la modificatoria mileista subió al 12% las regalías, le bajó a los pampeanos la mitad de lo que recibían.

Eso envalentonó al mandatario radical de Mendoza quien ya anticipó que piensa pedir a la Corte Suprema que incluya esa variante en el expediente que allí se tramita, para así exigir a La Pampa que le devuelva las regalías pagadas en este medio siglo, lo que podría llegar a 680 millones de dólares (sin contar los intereses).

El que puso el grito en el cielo, obviamente, fue el gobernador peronista de La Pampa, Sergio Ziliotto quien le recordó a Mendoza que hubo un fallo de la Corte Suprema en 2020 que obliga a la provincia cuyana a garantizar 3,2 m3 de agua por segundo del río Atuel para los pampeanos, algo que estaría incumpliendo.

La contienda llegó a las redes sociales donde Cornejo y Ziliotto se cruzaron en una vorágine pugilística verbal a través de Twitter.

Escribió Ziliotto: “Río Atuel: sus regalías también son pampeanas”. Y anunció que habían presentado una medida cautelar en la Justicia Federal para pedir la “suspensión inmediata de los artículos del Decreto Presidencial Nº 982/2026 que vulneran nuestros derechos”.

Y agregó: “Nos respaldan leyes, acuerdos y sentencias de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. El río Atuel también es pampeano: los fallos de la CSJN de 1987, 2017 y 2020 establecen y ratifican su interprovincialidad. Así, la represa Los Nihuiles genera energía con agua pampeana. Sus regalías también son pampeanas: mediante Acuerdo del año 1992, firmado entre el Estado Nacional y las dos provincias y homologado por la CSJN, Mendoza se obliga a pagar regalías a La Pampa, calculadas según porcentajes fijados por Ley 15.336 y Decreto 1560/73. Ningún Decreto puede anular un acuerdo de partes”.

Asimismo, señaló: “Lo dijimos, lo ratificamos. No abandonaremos ninguna lucha por lo que nos pertenece. Fieles a nuestra historia, defendemos La Pampa, todos los días, donde sea, ante quien sea”.

El gobernador Cornejo le respondió: “Gobernador, mezclar la interjurisdiccionalidad del río Atuel con el origen de las regalías hidroeléctricas es confundir dos cuestiones distintas. El río es interjurisdiccional. La fuente hidroeléctrica que genera la energía de Los Nihuiles está íntegramente en Mendoza. Por eso la legislación, la jurisprudencia y los dictámenes de la Procuración del Tesoro sostienen que las regalías corresponden a la provincia de Mendoza donde está ubicada la fuente hidroeléctrica. Para generar energía no basta con el agua, necesita pendiente e infraestructura. Y todo eso está en nuestra provincia”.

Y añadió: “Mientras La Pampa se dedica a judicializar cada decisión, Mendoza planifica, ejecuta e invierte en obras para aprovechar mejor sus recursos hídricos y mejorar la infraestructura que los sostiene. Es muy fácil hacer política con un río y convertirlo en slogan de gestión. Lo difícil es invertir, hacer obras y construir acuerdos. Mendoza eligió ese camino y está haciendo su parte. Sería bueno que La Pampa también mostrara qué inversiones realizó para mejorar el aprovechamiento de los recursos que dice defender”.

Así la “guerra” entre Mendoza y La Pampa continúa, casi 80 años después de haber comenzado.

Y es otro de los conflictos interprovinciales que afectan hasta hoy a un país que se pretende como unido, integrado y federal. Una especie de “guerra gaucha” que se mantiene y sobrevive en la Argentina del Sigo XXI.

NA.