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Interés general 19 de abril de 2016

Oficializan el pago de asignaciones familiares a monotributistas

El monto de la asignación variará según la categoría de facturación de los padres, hasta un tope de 33.333 pesos por mes.

El Gobierno nacional oficializó hoy a, través de un Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU), el acceso a las asignaciones familiares para monotributistas cuya facturación mensual no supere los 33.333 pesos.

En tanto, según el DNU 593/2016, el beneficio por Hijo con Discapacidad se extiende al conjunto de los inscriptos en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS).

La norma publicada en el Boletín Oficial expresa que quienes estén inscriptos entre las categorías B y F del monotributo (cuya facturación mensual es de entre 4 mil y 16 mil pesos), percibirán 966 pesos por Asignación por Hijo y Prenatal y 3.150 pesos por Hijo con Discapacidad.

Para la categoría G (hasta 20 mil pesos de facturación mensual), la Asignación por Hijo y Prenatal será de 649 pesos, y de 2.227 pesos por Hijo con Discapacidad.

En tanto, aquellos inscriptos en la categoría H (24 mil pesos de facturación máxima por mes), percibirán 390 pesos de Asignación por Hijo y Prenatal, y quienes facturen hasta 33.333 pesos por mes (categoría I), el beneficio será de 199 pesos.

Además, para los monotributistas inscriptos entre las categorías I y L, percibirán un valor único de Asignación por Hijo con Discapacidad de 1.404 pesos mensuales, mientras que la Ayuda Escolar Anual será de 808 pesos para todas las categorías.

El acceso al cobro de asignaciones familiares para monotributistas fue anunciado el último sábado por el presidente Mauricio Macri junto a una serie de medidas sociales que apuntan a “estar cerca” y “mejorar el ingreso de la gente”, según expresó.

Pasos a seguir

Para que los trabajadores inscriptos en el Régimen del Monotributo puedan percibir las Asignaciones Familiares deben corroborar que cuentan con sus datos personales y los de su grupo familiar acreditados correctamente en la Anses.

La consulta para verificar dichos datos debe hacerse desde el sitio web del organismo (www.anses.gob.ar). En caso de que no estén acreditados, tendrán que dirigirse a una oficina de la Anses sin turno previo con la siguiente documentación:

.- Original y fotocopia de los DNI de ambos progenitores e hijos;

.- Partida de nacimiento original y fotocopia;

.- Constancia de CBU emitida por el banco, donde consten el DNI, número de CBU y apellido y nombre del titular.

Consultas

Se deben realizar a través de la página www.anses.gob.ar

1) Ir a la sección Mi Anses e ingresar el CUIL y la Clave de la Seguridad Social. Si no se cuenta con la clave, se la puede generar allí mismo, completando la información y respondiendo 3 preguntas sin necesidad de presentarse personalmente.

2) Luego de ingresado a Mi Anses, hacer clic en el ícono de Relaciones Familiares.

3) Completar los datos de domicilio particular, teléfono de contacto y dirección de correo electrónico.

4) Revisar si los datos personales y del grupo familiar se encuentran completos, correctos y en estado “acreditado”.

5) Si los datos están debidamente acreditados, ingresar en la solapa gestión/cambio de boca de pago AAFF. Si desea modificar la boca de pago, pulsar continuar e ingresar el nuevo CBU para recibir el pago.

6) Si los datos no están acreditados, debe presentarse en cualquier oficina de la Anses sin turno previo, con la documentación solicitada.



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