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Provincia 10 de mayo de 2021

Oficializaron el régimen de regulación de aportes para los colegios privados

Se busca que las escuelas bonaerenses de gestión privada que en 2020 vieron reducida su matrícula puedan regularizar su situación previsional.

LA PLATA (Corresponsalía).- El gobierno bonaerense oficializó este lunes el régimen de regularización de aportes para los colegios privados de la Provincia.

La Ley 15.280 -aprobada el 20 de abril por la Legislatura provincial- establece la creación de un plan de hasta 48 cuotas sin interés para que las escuelas bonaerenses de gestión privada que en 2020 vieron reducida su matrícula por las restricciones sanitarias aplicadas en el marco de la pandemia de coronavirus puedan regularizar su situación previsional.

La iniciativa de los diputados de Juntos por el Cambio, Matías Ranzini, Sergio Siciliano y Andrea Bosco -que fue publicada este lunes en el Boletín Oficial- autoriza al Poder Ejecutivo, a través de su Instituto de Previsión Social (IPS), a crear “como medida extraordinaria y especial” un régimen para la regularización previsional de los aportes que los establecimientos educativos de gestión privada no hayan abonado entre marzo y diciembre de 2020.

La legislación llega luego de un año difícil para las instituciones educativas de gestión privada.

De acuerdo a información proveniente de la Asociación de Institutos de Enseñanza Privada de la provincia de Buenos Aires (AIEPBA), en el último año se redujo un 13% la matrícula de los colegios -en jardines maternales y de infantes la reducción alcanzó el 30%- y se registró cerca de un 40% de morosidad en el pago de las cuotas.

Condonación de multas

La reciente norma habilita además a condonar las multas que se hubieran originado por parte de los establecimientos en el período de marzo a diciembre del año pasado.

“Tal condonación alcanzará también a los intereses punitorios devengados en dicho período”, se sostiene en la Ley que además aclara que “la condonación prevista en el presente régimen no habilitará la repetición de las multas, intereses punitorios o compensatorios oportunamente abonados por los Establecimientos de Educación de Gestión Privada”.