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El País 2 de octubre de 2020

Ordenan a una madre cumplir con el calendario de vacunación de su hija

La menor deberá ser vacunada en las próximas 48 horas bajo el apercibimiento de que si no es así, lo hará el SAME con intervención policial

Foto: EFE | EPA | Omer Messinger.

La Justicia ordenó a una madre vacunar a su hija de 11 años en 48 horas, bajo la advertencia de hacerlo de manera “compulsiva con intervención del SAME y de la Policía de la Ciudad de Buenos Aires”.

La madre no aplicó a su hija de 11 años las vacunas obligatorias del Calendario Nacional, por lo que la defensora oficial de menores pidió además que se le aplique una multa de “carácter ejemplar y progresiva” ante las negativas reiteradas.

La Cámara Nacional en lo Civil confirmó un fallo que dispuso vacunar a la nena en 48 horas y rechazó una queja en la que la mujer pedía esperar hasta el final del ASPO por el Covid-19.

La advertencia a los padres de concurrir a un “establecimiento médico y/o centro de vacunación perteneciente a su cobertura médica o a un hospital público” de la ciudad de Buenos Aires “a fin que le apliquen a la niña las vacunas Triple Bacteriana Acelular, Antimenigocócica y Virus del Papiloma Humano y demás del Calendario Nacional de Vacunación de la República Argentina” se había realizado el 3 de agosto pasado.

La  mujer apeló y el 28 de agosto dijo aceptar la vacunación pero con condiciones y ahora, tras la sentencia de la justicia, la madre tendrá que adjuntar al expediente de manera inmediata “copia de la libreta de vacunación que acredite dicha aplicación e informar dónde fue vacunada a efectos de requerir oficio para que se informe al Juzgado”

Sobre el planteo para demorar la medida hasta el fin del ASPO, los camaristas fueron categóricos “En un período de “alta circulación del virus Covid-19, lo que impone por parte de los padres es que tomen todas las medidas de protección necesarias (barbijo, lavados de manos, protección ocular, etc.) para que la vacunación de la niña se realice en debida forma y evitar de este modo cualquier situación no deseada”.

La causa judicial se abrió el año pasado por la negativa a cumplir con el calendario de vacunación. En agosto último, la madre aceptó pero pidió que los plazos corrieran desde la finalización de la cuarentena. Explicó que no se opone a cumplir la orden pero pidió que se efectúe en su domicilio “por ser un ámbito de mayor proyección para la niña, debiendo avisarle con una semana de antelación”.

Según los jueces, la madre tuvo tiempo suficiente para cumplir con la orden judicial de “una u otra forma” pero “sin embargo nada de ello acaeció hasta el presente”. Cuando ” se encuentran involucrados los derechos de menores la solución a la que arribe el tribunal debe atender al “interés superior del niño”, por así imponerlo el sentido común y la Convención de los Derechos del Niño”.