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Policiales 26 de agosto de 2020

Por primera vez en Mar del Plata condenaron a un hombre en un juicio virtual

El juez correccional Pedro Federico Hooft sentenció a Vicente Arturo Almada a la pena de un año y diez meses de prisión de ejecución domiciliaria por quebrar la restricción de acercamiento a su ex pareja y violar su domicilio. Lo hizo a través de una videoconferencia.

Por primera vez en Mar del Plata, un hombre fue condenado en un juicio oral realizado de forma virtual: el juez Pedro Federico Hooft sentenció a Vicente Arturo Almada a la pena de un año y diez meses de prisión de ejecución domiciliaria por quebrar la restricción de acercamiento a su ex pareja y violar su domicilio.

Además, en el fallo dictado por el magistrado también se incluyeron varias imposiciones a Almada: debe fijar domicilio durante dos años y advertir a la Justicia si lo modifica, comunicarse con el Patronato de Liberados en forma bimestral (durante la pandemia en forma telefónica), realizar un tratamiento psicológico y, por supuesto, mantener una restricción de acercamiento a su ex pareja, la víctima, identificada como Marcela Salvador.

El caso que se ventiló en el debate oral se produjo el 10 de noviembre de 2017, cuando cerca de las 22 Almada ingresó a la vivienda de Salvador, ubicado en Gaboto al 4600, a pesar de pesar sobre él una restricción de acercamiento impuesta por la Justicia de Familia. En ese momento, se formó una causa penal que recayó en la fiscalía de Alejandro Pellegrinelli, y el hecho llegó a juicio oral en los últimos días.

Como consecuencia de la pandemia del coronavirus, las actividades en Tribunales se restringieron y se ordenó que el debate se llevara a cabo de forma virtual, a través de una aplicación móvil. Luego de finalizadas las audiencias, el juez correccional Hooft dio a conocer este martes su sentencia, que incluye la condena a Almada por el delito de “violación de domicilio” y su absolución en torno a otra acusación que sobre él había vertido el fiscal Pellegrinelli, vinculada a la figura penal de “Defraudación por retención indebida” de un automóvil.

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