Privatización de ENARSA: salen a la venta tres centrales termoeléctricas
El Gobierno habilitó el proceso para desprenderse de las acciones estatales en tres sociedades generadoras vinculadas al Mercado Eléctrico Mayorista.
Termoeléctrica Manuel Belgrano.
El Gobierno nacional autorizó la segunda etapa del proceso de privatización de Energía Argentina Sociedad Anónima (ENARSA) y llamó a licitación pública para transferir sus acciones en tres centrales termoeléctricas.
La medida, formalizada este lunes en el Boletín Oficial mediante el Decreto 1107/2026, contempla la venta total del paquete accionario en manos del Estado en tres importantes sociedades generadoras de energía eléctrica mediante licitaciones públicas de alcance nacional e internacional.
La norma se dicta en el marco de la declaración de ENARSA como empresa sujeta a privatización fijada por la Ley de Bases, en combinación con la Ley de Reforma del Estado y los Decretos Reglamentarios 695/2024 y 286/2025.
La venta de activos abarca la participación accionaria estatal que administraba la empresa pública en tres fideicomisos de generación eléctrica creados en la última década:
Termoeléctrica Manuel Belgrano S.A. (TMB S.A.): se autorizó la venta del 65,01% del capital social, correspondiente a la totalidad de los títulos pertenecientes a ENARSA.
Termoeléctrica José de San Martín S.A. (TSM S.A.): el Estado pondrá a la venta el 68,83% del capital social.
Central Termoeléctrica Guillermo Brown S.A. (CTGB S.A.): en este caso, la licitación se ejecutará una vez concretada la liquidación del respectivo fideicomiso y la correspondiente incorporación formal de ENARSA como accionista de la sociedad, cuyo plazo de extinción está fijado para el 30 de septiembre de 2026.
El capital social restante en estas compañías continúa en poder de las empresas generadoras privadas del Mercado Eléctrico Mayorista (MEM) que integraron originariamente el Fondo FONINVEMEM.
La normativa establece expresamente que el esquema licitatorio no incluirá un Programa de Propiedad Participada (PPP) ni otorgará preferencias. Sin embargo, se dispone que los pliegos deberán respetar y resguardar los derechos de preferencia que posean los socios privados en los estatutos sociales de cada una de las tres compañías.
El Ministerio de Economía actuará como autoridad de aplicación del proceso, en conjunto con la Unidad Ejecutora Especial Temporaria “Agencia de Transformación de Empresas Públicas” para la confección de pliegos y ejecución de los llamados públicos.
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