Procuración avaló prohibir el cobro de tributos locales en las facturas de servicios
El organismo dictaminó que la medida impulsada por el Gobierno nacional no afecta la autonomía municipal. En General Pueyrredon, el Ejecutivo recauda la Tasa de Alumbrado Público y la Girsu a través de las boletas de luz y de agua, respectivamente.
La Procuración General de la Nación respaldó la decisión del Gobierno de prohibir que los municipios cobren tasas a través de las facturas de servicios públicos, lo que podría tener un impacto a futuro en Mar del Plata.
A través de dos dictámenes, el organismo a cargo de Eduardo Casal recomendó a la Corte Suprema de Justicia rechazar los planteos judiciales impulsados por las municipalidades de Río Grande y José C. Paz.
Los expedientes analizan la validez de la Resolución 267/2024 de la entonces Secretaría de Industria y Comercio de la Nación. El área estableció que las facturas emitidas por proveedores “deberán referirse en forma única y exclusiva al bien o servicio contratado específicamente por el consumidor” y que no podrán contener “sumas o conceptos ajenos” a esa prestación.
La intención del Gobierno fue eliminar de las boletas de luz, gas, agua y otros servicios el cobro de tasas e impuestos municipales que numerosas comunas percibían junto con la factura. Sin embargo, varios distritos fueron a la Justicia y obtuvieron fallos a favor.
En el caso de Río Grande, la Procuración sostuvo que la resolución fue dictada por la autoridad competente en ejercicio de las facultades conferidas por la Ley 24.240 de Defensa del Consumidor y que su finalidad fue proteger los derechos de los usuarios previstos en el artículo 42 de la Constitución Nacional.
Según el dictamen, la Secretaría de Industria y Comercio estaba habilitada para establecer reglas generales sobre la facturación de los servicios públicos en el marco de las relaciones de consumo. Además, Casal descartó que exista una afectación de la autonomía municipal.
En el expediente iniciado por José C. Paz, el procurador agregó otro fundamento vinculado con el régimen eléctrico nacional. Señaló que el servicio de distribución prestado por Edenor se encuentra sometido a regulación federal y recordó que la Ley 24.065, modificada por el Decreto 450/2025, establece que las facturas “no podrán incluir tributos de orden local o cargos ajenos a los bienes y servicios facturados”.
Impacto local
Más allá de que en General Pueyrredon no se judicializó la resolución 267/2024, el municipio no solo mantuvo este año la percepción de un tributo a través de la factura de un servicio público, sino que incorporó uno nuevo.
Desde hace 13 años, el gobierno local cobra la Tasa Girsu (Gestión Integral de los Residuos Sólidos Urbanos) en la boleta de Obras Sanitarias a pesar de que son fondos que utiliza el Ente Municipal de Servicios Urbanos (Emsur).
La empresa municipal ha solicitado que la Girsu pase a cobrarse con la Tasa de Servicios Urbanos (TSU), pero la disminución que podría sufrir en la recaudación viene impidiendo el cambio.
En tanto, el Ejecutivo local se amparó este año en la Ley Provincial N° 10.740, además de la sanción de las ordenanzas Fiscal e Impositiva, para crear la Tasa de Alumbrado Público. El tributo empezó a cobrarse a través de las facturas de luz de las empresas distribuidoras de energía eléctrica correspondientes a los vencimientos de julio.
Este mecanismo fue impulsado por el gobierno local como una nueva vía de financiamiento a partir de la quita de un componente de la TSU y contó con el apoyo del bloque libertario durante el tratamiento del Presupuesto 2026.
Por este concepto, el Ejecutivo proyecta recaudar $16.500 millones. Los fondos están afectados al mantenimiento, instalación, reemplazo y repotenciación de la red de alumbrado público del distrito.
Si bien los dictámenes de Casal no son vinculantes, suelen funcionar como una suerte de “recomendación” hacia la Corte Suprema. Si el máximo tribunal adopta el criterio propuesto por la Procuración, quedaría convalidada la potestad del Gobierno Naciona, lo que podría tener un impacto en el esquema recaudatorio local.
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