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El País 16 de diciembre de 2020

Promulgan modificaciones al Código Civil y Comercial y a la ley de Propiedad Intelectual

Habían sido aprobadas en noviembre por el Congreso.

El Gobierno nacional promulgó este miércoles una serie de leyes aprobadas por el Congreso de la Nación en noviembre pasado, entre las que se encuentran las modificaciones al Código Civil y Comercial de la Nación, los cambios en la Ley de Propiedad Intelectual y diversos acuerdos.

A través del Decreto 1000/2020, publicado hoy en el Boletín Oficial, se promulga las modificaciones establecidas en la Ley 27.587, que cambia el artículo 2386 del Código vinculada a las donaciones.

La norma establece que “la donación hecha a un descendiente o al cónyuge cuyo valor excede la suma de la porción disponible más la porción legítima del donatario, aunque haya dispensa de colación o mejora, está sujeta a colación, debiendo compensarse la diferencia en dinero”.

También fue modificado el artículo 2457, referido a los “derechos reales constituidos por el donatario”; así como el artículo 2458 sobre “acción reipersecutoria”, y el artículo 2459 sobre “la prescripción adquisitiva”.

En tanto, a través de Decreto 1001/2020, se promulga la modificación de la Ley 27.586 del Código Civil y Comercial de la Nación: el cambio establece el “no vencimiento” de los plazos resarcitorios de personas víctimas de crímenes de lesa humanidad durante la última dictadura cívico militar.

La iniciativa modifica el artículo 2560 del Código, que quedará redactado del siguiente modo: “Las acciones civiles derivadas de delitos de lesa humanidad son imprescriptibles”.

Además, cambia el artículo 2537, que ahora dirá que “los plazos de prescripción en curso al momento de entrada en vigencia de una nueva ley se rigen por la ley anterior”.

La norma aclara que, “si por esa ley se requiere mayor tiempo que el que fijan las nuevas, quedan cumplidos, una vez que transcurra el tiempo designado por las nuevas leyes, contado desde el día de su vigencia, excepto que el plazo fijado por la ley antigua finalice antes que el nuevo plazo contado, a partir de la vigencia de la nueva ley, en cuyo caso se mantiene el de la ley anterior”.

Por otro lado, el Decreto 1006/2020, promulga la Ley Nº 27.588 de Propiedad Intelectual, por medio de la cual se amplían los derechos de los autores, se contempla el acceso a las obras por parte de personas con diferentes tipos de discapacidad y del pago de los derechos de autor.

Asimismo, a través del Decreto 1008/2020, se promulgó la Ley 27.581, que aprobó un acuerdo entre la Argentina y la República Popular China sobre el establecimiento de un Centro Cultural Chino en nuestro país, suscripto en la ciudad de Beijing –República Popular China– el 17 de mayo de 2017.

Del mismo modo, el Decreto 1003/2020 promulga la Ley N° 27.583, por la que se aprobó el Acuerdo de Sede entre la República Argentina y el Comité Intergubernamental de la Hidrovía Paraguay – Paraná, suscripto en Asunción -República del Paraguay- el 9 de marzo de 2018.

Por otro lado, el Decreto 1002/2020 promulga la Ley N° 27.585 que establece la aprobación de un Acuerdo de Cooperación Técnica entre la Argentina y la República de Kenia, celebrado en la ciudad de Buenos Aires el 14 de marzo de 2017 con el fin de “realizar en forma conjunta programas y proyectos de desarrollo en

sus respectivos sectores prioritarios”, establece el anexo publicado.

También se prevé que las partes “facilitarán la participación de instituciones públicas y/o privadas en la ejecución de los programas y proyectos”.

Asimismo, el Decreto 1004/2020 promulga la Ley Nº 27.582 que estableció el Convenio de Coproducción Cinematográfica entre la Argentina y el Estado de Israel, suscrito en Jerusalén el 28 de abril de 2014.

Allí se establece que “la coproducción podrá beneficiar a las industrias cinematográficas de sus respectivos países y contribuir al crecimiento económico de las industrias de distribución y producción de obras cinematográficas, televisivas, de video y nuevos medios en Israel y en Argentina”.

En tanto, el Decreto 1005/2020 que promulga la Ley Nº 27.584, se vincula al Protocolo de 1997 que enmienda el convenio internacional para prevenir la contaminación por los buques, adoptado por Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte.



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