Se presentaron dos oferentes en millonaria licitación de la línea 147
El gobierno municipal busca concesionar el servicio de call center de atención al vecino, con un presupuesto de casi $440 millones. Se apunta a una contratación por dos años.
En el segundo llamado, el gobierno municipal recibió dos ofertas en la millonaria licitación del servicio de atención telefónica al vecino, que se implementa mediante la línea 147.
En la primera convocatoria, llevada a cabo el 14 de enero, se habían presentado tres empresas, pero dos de las propuestas fueron rechazadas por el Ejecutivo local, lo que motivó el nuevo llamado, que se concretó el 21 de febrero pasado. En esta última ocasión, se postuló la firma GSA Collections Argentina S.A, que presupuestó $429 millones, mientras que GIV S.R.L ofertó $424.108.800.
Ambas cotizaciones están por debajo del presupuesto oficial del municipio, que asciende a $438.910.560. Ahora el Ejecutivo deberá definir si adjudica la concesión del servicio a algunas de las empresas.
De acuerdo a lo señalado en el pliego de bases, el gobierno local estableció una contratación por el término de 24 meses, con posibilidad de prorrogar por 12 meses más.
La licitación apunta a contratar el servicio de call center destinado a la atención al vecino. El concesionario tendrá que recibir “todos los contactos que el público en general realice telefónicamente a través del número 147”, que es propiedad del municipio, “para recepcionar solicitudes sobre reclamos, denuncias y todo otro motivo” que la comuna disponga.
Esa información deberá ser cargada “al sistema de gestión interna provisto por el municipio”. El adjudicatario incluirá el equipamiento y los recursos humanos necesarios para la prestación del servicio, con asiento en el Partido de General Pueyrredon.
Las tareas deberán prestarse de lunes a viernes, en el horario de 8 a 16. Y la comuna se reservará el derecho de “aumentar, disminuir y/o modificar el horario y los días de atención, por motivos de necesidad, urgencia o fuerza mayor”.
Este derecho será admisible dentro del plazo en que se encuentre vigente la contratación, su prórroga o continuidad, y “sin que el mismo afecte la tarifa acordada”.
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