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Policiales 10 de febrero de 2018

Sobreseyeron a Julián Materia por la muerte de Yésica Parra

Luego de que la Cámara de Apelaciones anulara el fallo de la jueza Mariana Iriani que revocaba la probation del joven, la Justicia resolvió extinguir la acción penal ya que se venció el plazo de la suspensión del juicio a prueba.

La muerte de Yésica Parra se produjo el 15 de enero de 2014.

Pasados casi tres meses de que se venciera el plazo de la suspensión del juicio a prueba, la Justicia sobreseyó a Julián Materia por la muerte de Yésica Parra, la bailarina a la que atropelló mientras ella iba como acompañante en una moto manejada por su pareja, Patricio Piccoli, quien también quedó sobreseído.

El viernes, el juez Facundo Gómez Urso notificó a las abogadas de Piccoli, Patricia Perelló, Mariana Fardín y Carolina Ciorda, que la acción penal contra su defendido quedaba extinguida. Por otra parte, el abogado de Materia, Facundo Capparelli, esperaba ser notificado de la misma resolución el próximo miércoles.

“En conclusión, vencido el plazo de la suspensión del juicio a prueba oportunamente establecido, cumplidas íntegramente las reglas de conductas impuestas y no cometido delito durante el tiempo fijado corresponde tener por extinguida la acción penal ejercida por el Ministerio Público Fiscal”, expresó el juez Gómez Urso en su resolución.

El plazo que habían establecido entre el fiscal Pablo Cistoldi, Materia y Piccoli -ambos imputados por “homicidio culposo calificado”- había sido de dos años y venció el 15 de noviembre pasado. Además, para el juez y el fiscal ambos imputados cumplieron con todas las pautas que habían establecido: fijar residencia en la provincia de Buenos Aires, someterse al control de Patronato de Liberados, acreditar la realización y aprobación de un curso de manejo defensivo, realizar un taller de reflexión y someterse a una evaluación psicológica.

El tiempo para dictaminar el sobreseimiento de Materia y Piccoli se atrasó luego de que el pasado 15 de noviembre, un día antes de que se agotaran los 2 años del plazo de la probation que cumplía Materia, la jueza itinerante Mariana Iriani, desoyendo la opinión del fiscal, había revocado la situación del imputado y lo dejaba cerca del juicio oral y público.

Sin embargo, el 29 de diciembre la Cámara de Apelaciones y Garantías en lo Penal declaró “la nulidad de la resolución dictada por la jueza Mariana Irianni que omitió la opinión vinculante del fiscal”. Además, resolvió darle intervención a un nuevo juez hábil, en este casi Facundo Gómez Urso.

En el fallo, los jueces de cámara explican que “el fiscal no compartía el criterio de la abogada Boeri, de los particulares damnificados, considerando que no eran suficientes argumentos para revocar la suspensión del juicio a prueba”, por lo que para los magistrados “la oposición del fiscal actuante no luce irrazonable para fundar un rechazo de la propuesta del particular damnificado”.

La muerte de Yésica Parra se produjo el 15 de enero de 2014 cuando, a bordo de la motocicleta conducida por Piccoli, la joven bailarina fue embestida por la camioneta manejada por Materia en la esquina de Mendoza y Matheu.



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