Ganancias: ARCA separó la fecha de presentación y pago del impuesto
La resolución publicada en el Boletín Oficial fijó una nueva fecha para la declaración jurada del período fiscal 2025. Bienes Personales mantiene sus vencimientos sin cambios.
La resolución publicada en el Boletín Oficial fijó una nueva fecha para la declaración jurada del período fiscal 2025. Bienes Personales mantiene sus vencimientos sin cambios.
El régimen alcanza a MiPyMEs, pequeños contribuyentes y organizaciones sin fines de lucro, con tasas del 2,75% mensual.
La agencia recaudadora precisó que más de 220.000 contribuyentes recibieron notificaciones. Quienes manifestaron su disconformidad quedarán sujetos a una nueva revisión antes de que se confirme el cambio de categoría.
La medida incorpora a todos los prestadores del sector al régimen de facilidades de pago y extiende el plazo de adhesión hasta el 30 de octubre.
La actualización alcanzará a trabajadores independientes, profesionales y pequeños contribuyentes de todo el país. También aumentarán los topes de facturación de cada categoría.
La normativa adapta el régimen tributario a los cambios tecnológicos y equipara el tratamiento entre distintos actores del sistema financiero.
La resolución incorpora una modalidad de comprobantes mensuales para sectores específicos, actualiza el límite para identificar consumidores finales y fija un cronograma de implementación.
El organismo detectó inconsistencias en gastos declarados por empleados para reducir el Impuesto a las Ganancias. La mayoría de los casos está vinculada a compras de indumentaria y equipamiento laboral.
La medida regirá en todo el país y alcanzará los procedimientos impositivos, aduaneros y de la seguridad social. No afectará los vencimientos de declaraciones juradas ni pagos.
La actualización por inflación se conocerá en julio y modificará tanto los topes de facturación como las cuotas mensuales del régimen simplificado.