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La Ciudad 19 de septiembre de 2022

Zona Roja: el juez López no dio lugar al amparo presentado por la fundación Alameda

Señaló que la medida fue solicitada por alguien que no cuenta con las facultades legales para representar a la entidad. El magistrado ya había rechazado otro amparo del Comité Ejecutivo para la Lucha contra la Trata y Explotación de Personas.

El juez federal de Mar del Plata, Alfredo López.

El juez federal Alfredo López no dio lugar al recurso de amparo presentado por la Fundación Alameda contra la ordenanza de la nueva Zona Roja.

Cabe recordar que la medida había sido solicitada por Néstor Escudero, en representación de la Alameda, cuyo histórico titular, Gustavo Vera, está desde 2020 de licencia por su cargo en la Dirección Operativa del Comité de Lucha contra la Trata de Personas.

Según pudo averiguar LA CAPITAL, López señaló que Escudero “no acreditó la presentación” de la fundación, es decir que no contaba con las facultades legales para representar a la Alameda, por lo que se le solicitó que aclare la situación.

Sin embargo, por el momento, y a días de que entre en funcionamiento la nueva Zona Roja impulsada por el municipio, el juez no recibió otra presentación.

La Fundación Alameda, entidad con una larga trayectoria de actuación en causas judiciales contra la trata y la explotación sexual de personas, había solicitado una medida de no innovar.

Entre sus argumentos, señalaba que mediante la ordenanza 25590, promulgada por el decreto 1597/22 y publicada en el Boletín Oficial municipal del 25 de julio, la intendencia local “promueve y fomenta la regulación de la prostitución y auspicia multas y cárcel a personas en situación de prostitución, lo cual choca con la legislación vigente, las convenciones internacionales que la Argentina suscribió y además genera un ámbito de explotación sexual en el que la policía local, como ya ocurrió en otras épocas en Mar del Plata, se convierte en una suerte de proxeneta que ‘regula’ y castiga a personas en estado de vulnerabilidad social”.

El objetivo de la presentación era que se declare la inconstitucionalidad de la norma, ya que, según indicó “afecta derechos humanos contemplados en los pactos internacionales incorporados a la Constitución Nacional”.

El recurso había sido presentado el mismo día que el municipio confirmó que el lugar elegido para autorizar la oferta y demanda de sexo en la vía pública será la avenida 10 de febrero, en las inmediaciones de los cementerios Parque y Colinas de Paz. Y a días de que quienes ejerzan la prostitución fuera de esa zona sean pasibles de multas y arrestos.

Sin embargo, la solicitud no tuvo lugar por el momento y vale señalar que no es la primera presentación judicial contra la ordenanza de Zona Roja. La primera había sido impulsada por el propio Gustavo Vera y fue rechazada por el juez López.

El magistrado rechazó in límine el recurso de amparo presentado por el titular del Comité Ejecutivo para la Lucha contra la Trata y Explotación de Personas al considerar que la Secretaría de Coordinación Presupuestaria y Planificación del Desarrollo –que tiene bajo su órbita al Comité– carece de la representatividad del Estado nacional, debido a que depende de la Jefatura de Gabinete de la Nación, por lo que debió ser esa dependencia la impulsora de la medida cautelar.

Al igual que ocurrió en esta última oportunidad, López no se pronunció sobre la ordenanza aprobada por mayoría en el Concejo Deliberante el 24 de junio, sino que marcó inconsistencias en la presentación judicial. En aquel momento puntualizó, por caso, que no se identificaba debidamente al demandado: en algunos tramos se hablaba de la municipalidad y en otros menciona al concejo deliberante, señaló.



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