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La Ciudad 4 de noviembre de 2025

Proponen que concesionarios de dos o más playas no participen en licitaciones para “prevenir la concentración económica”

La iniciativa es impulsada por el oficialismo en el Concejo Deliberante. El objetivo es "democratizar" la explotación de balnearios en el distrito y "promover la competencia leal".

En busca de “promover la competencia leal y prevenir la concentración económica”, el oficialismo presentó este martes un proyecto de ordenanza en el Concejo Deliberante que establece que concesionarios con dos o más playas bajo su administración no puedan participar en futuras licitaciones.

La iniciativa es impulsada por el concejal Daniel Núñez (UCR) y apunta a “garantizar la diversidad de oferentes” en licitaciones públicas para la adjudicación y explotación de Unidades Turísticas Fiscales (UTF) dentro del municipio, que cuenta con 47 kilómetros de costa.

El autor del proyecto planteó la necesidad de “establecer reglas claras y equitativas” que impidan que el “privilegio” de explotar una UTF quede “en pocas manos o se transforme en posiciones dominantes contrarias al interés colectivo”.

Según Núñez, las concesiones sobre playas y bienes costeros deben entenderse como una “manifestación de política pública local, orientada a garantizar el uso racional, equitativo y sustentable de los espacios de dominio público”. Por eso el municipio debe asegurar que el acceso a estas oportunidades económicas “sea plural, transparente y competitivo”. 

El legislador respaldó el proyecto en lo que plantea el artículo 42 de la Constitución Nacional, que garantiza el derecho a una “competencia libre y leal”, con el deber de las autoridades de “prevenir monopolios y prácticas restrictivas que afecten al interés general”.

También mencionó otras normativas con un espíritu similar, como la Ley Nacional 25.156 de Defensa de la Competencia.

“En definitiva, el propósito de esta norma es democratizar el otorgamiento de concesiones, evitando la monopolización en la explotación de bienes públicos y asegurando que los beneficios derivados de su uso contribuyan al desarrollo equilibrado y sostenible del frente costero”, concluyó Núñez. 

En el expediente se aclara que las concesiones adjudicadas con anterioridad a la ordenanza -en caso de que sea aprobada- no serán afectadas por sus disposiciones. Sin embargo, “no podrán renovarse, ampliarse, prorrogarse, ni transferirse si con ello se superara el límite máximo establecido”.

Para la implementación de la norma, se considerarán “titulares, concesionarios o explotadores” de UTF a aquellas personas humanas o jurídicas que incurran en alguno de los siguientes supuestos: 

-Formar parte de un mismo grupo económico con control sobre la explotación de más de una concesión.

-Poseer una participación accionaria igual o superior al 25% en la persona jurídica concesionaria de otra UTF, o bien el derecho a designar miembros del órgano de administración.

-Mantener vínculos societarios, contractuales o familiares hasta tercer grado de consanguinidad o afinidad, que impliquen una participación en la explotación de más de una concesión. 

-Haber celebrado acuerdos de colaboración, cesión, gestión, fideicomisos o cualquier otro contrato que les otorgue, de hecho o de derecho, la explotación de más de una UTF. 

En caso de verificarse la elusión de esta prohibición en medio del procedimiento licitatorio, el municipio dispondrá la “inmediata exclusión del oferente” si el hecho se constata durante la compulsa. O se establecerá la caducidad de la concesión, sin derecho a indemnización, si el hecho se verifica durante la ejecución del contrato.

Además, el proyecto determina que todo oferente deberá presentar, junto con la propuesta económica, una declaración jurada sobre el cumplimiento del presente régimen, informando su composición societaria, participaciones accionariales directas e indirectas y vínculos contractuales relevantes que constaten “la inexistencia de control o influencia sustancial sobre otras concesiones”.