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Policiales 19 de abril de 2026

La condenan por vaciar una cuenta empresarial mediante una maniobra informática

La jueza Inés Olmedo, titular del Juzgado en lo Correccional 1, dictó la sentencia tras un acuerdo de juicio abreviado. La imputada vulneró la seguridad de una cuenta bancaria, transfirió los fondos a su nombre y luego diversificó el botín hacia distintas billeteras virtuales para ocultar el rastro del dinero.

El Juzgado en lo Correccional 1 de Mar del Plata condenó a una mujer a la pena de un año y diez meses de prisión de ejecución condicional por el delito de defraudación informática.

La resolución, firmada por la jueza Inés Olmedo, validó el acuerdo de juicio abreviado alcanzado entre el fiscal Javier Pizzo y la defensa de la imputada, quien reconoció su autoría en el hecho ocurrido en enero del año pasado.

El hecho quedó acreditado el 13 de enero de 2025. Según la instrucción penal, la mujer logró vulnerar la seguridad del sistema informático de una firma comercial y accedió a su cuenta corriente radicada en una entidad bancaria. Una vez dentro del sistema, y adoptando el perfil de los usuarios autorizados, manipuló digitalmente las operaciones para desviar fondos de manera ilegítima.

A las 12.03, la imputada efectuó una transferencia electrónica por la suma exacta de 9.998.899 pesos. El destino del dinero fue una cuenta de su propia titularidad en el Banco Galicia.

La investigación judicial determinó que, una vez recibido el dinero, la mujer ejecutó un plan de redistribución para dificultar el seguimiento de los fondos. En una serie de movimientos rápidos, transfirió la totalidad de la suma a otras cuentas personales vinculadas a plataformas digitales y billeteras virtuales.

De acuerdo al desglose fáctico contenido en la sentencia, la condenada realizó seis transferencias por distintos montos a una cuenta en la plataforma “Bitso”, sumando transferencias de 500.000, 2.000.000, 1.500.000, 2.000.000, 50.000 y 100.000 pesos. En paralelo, derivó otros 2.000.000 de pesos hacia la billetera virtual “Ágil Pagos”.

Para la fijación de la pena, la magistrada consideró como agravante la magnitud del daño económico causado a la empresa damnificada. Como atenuante, se computó la inexistencia de antecedentes penales de la mujer, quien tiene domicilio en la localidad de Lanús Oeste.

Además de la pena de prisión en suspenso, la jueza impuso una serie de reglas de conducta que la condenada deberá cumplir durante un plazo de dos años para mantener su libertad. Entre estas obligaciones se encuentran la fijación de un domicilio real y el sometimiento al control del Patronato de Liberados.

La sentencia quedó firme tras la ratificación de la imputada y su defensa técnica sobre la calificación legal, el monto de la pena y la modalidad de ejecución acordada con el Ministerio Público Fiscal.