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Policiales 6 de julio de 2026

Condenaron a 20 años de prisión al policía por tres abusos sexuales

El juez Juan Manuel Sueyro impuso la pena solicitada por la Fiscalía para Emilio Salim Abosalech, quien había sido declarado culpable por un jurado popular de tres hechos de abuso sexual cometidos entre 2016 y 2022. Las víctimas fueron dos exparejas y la esposa de un amigo.

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Fuera de tribunales se esperaba el veredicto.

El policía bonaerense Emilio Salim Abosalech fue condenado este lunes a 20 años de prisión por tres hechos de abuso sexual cometidos entre 2016 y 2022. La sentencia fue dictada por el juez del Tribunal Oral en lo Criminal N° 3, Juan Manuel Sueyro, luego del veredicto de culpabilidad emitido días atrás por un jurado popular.

De esta manera, el magistrado hizo lugar al pedido formulado por el fiscal Fernando Berlingeri durante la audiencia de cesura y fijó una pena inferior a la reclamada por la querella, que había solicitado 25 años de cárcel.

La condena llega después de un juicio por jurados en el que doce ciudadanos declararon culpable a Abosalech por tres episodios de abuso sexual ocurridos entre 2016 y 2022. El jurado consideró acreditados un abuso sexual con acceso carnal, otro en grado de tentativa y un tercero gravemente ultrajante.

Con el veredicto ya definido, el proceso pasó la semana pasada por la etapa de cesura, destinada exclusivamente a establecer el monto de la pena que debía cumplir el imputado.

Durante esa audiencia, el fiscal Berlingeri sostuvo que los hechos no fueron episodios aislados, sino que respondieron a un mismo patrón de violencia sexual ejercido por el acusado durante varios años. En ese marco, solicitó una condena de 20 años de prisión, al considerar la gravedad de los delitos y el daño provocado a las víctimas.

Por su parte, el abogado del particular damnificado, Mauricio Varela, había pedido una pena de 25 años de prisión, al remarcar la reiteración de las agresiones y las secuelas sufridas por las tres mujeres: dos exparejas del policía y la esposa de un amigo.

La defensa, en cambio, había solicitado que se aplicara el mínimo legal previsto para los delitos por los que Abosalech fue declarado culpable, equivalente a seis años de prisión. En su planteo sostuvo que los pedidos de la Fiscalía y la querella resultaban desproporcionados y pidió que se contemplaran circunstancias atenuantes.

Finalmente, Sueyro resolvió condenar a Abosalech a 20 años de prisión, al valorar la gravedad de los hechos, la pluralidad de víctimas y las pruebas producidas durante el debate oral.

El caso fue juzgado bajo el sistema de juicio por jurados vigente en la provincia de Buenos Aires. En esa modalidad, el jurado popular tiene la función de determinar la culpabilidad o inocencia del acusado, mientras que la fijación de la pena corresponde exclusivamente al juez técnico.

La investigación había determinado que los abusos fueron cometidos entre 2016 y 2022 en distintos contextos y tuvieron como víctimas a mujeres que mantenían vínculos de confianza o cercanía con el ahora condenado. Durante el juicio declararon las denunciantes, peritos y distintos testigos, pruebas que el jurado consideró suficientes para emitir un veredicto de culpabilidad.

Con la sentencia dictada hoy, el proceso judicial ingresa ahora en una nueva etapa, ya que la defensa podrá recurrir el fallo ante instancias superiores. Entretanto, Abosalech deberá cumplir la condena de 20 años de prisión impuesta por el Tribunal Oral en lo Criminal N° 3 de Mar del Plata.

Los detalles del fallo

“No”, “dejame” y “pará” fueron algunas de las expresiones que reconstruyó la resolución judicial a la que obtuvo acceso La CAPITAL.

Más allá del monto de la pena, el fallo reconstruye con detalle la mecánica de los abusos y explica por qué el jurado consideró acreditados los hechos. En todos los casos, el magistrado resaltó que Abosalech actuó aprovechándose de la confianza y la cercanía que mantenía con las víctimas.

“No”, “pará” y “dejame”
Uno de los aspectos que el juez consideró determinantes fue la resistencia expresada por las mujeres durante las agresiones. En la sentencia se describe que las víctimas manifestaron de distintas maneras su negativa y que, pese a ello, el imputado continuó con los ataques.

Las expresiones “no”, “pará” y “dejame”, pronunciadas durante los episodios, fueron valoradas como una demostración inequívoca de la ausencia de consentimiento.

El fallo también destaca que en uno de los casos la agresión sólo cesó por circunstancias ajenas a la voluntad del acusado, lo que permitió al jurado tener por configurada la tentativa de abuso sexual con acceso carnal.

La esposa de un amigo
Uno de los hechos que mayor impacto tuvo durante el juicio fue el que tuvo como víctima a la esposa de un amigo del ahora condenado. Según tuvo por acreditado el Tribunal, Abosalech aprovechó esa relación de confianza para concretar una agresión sexual de extrema gravedad.

En ese episodio, el juez entendió que la conducta encuadró como abuso sexual gravemente ultrajante, una figura que contempla aquellos ataques que, por sus características, duración o modalidad de ejecución, implican una humillación particularmente intensa para la víctima.

En la sentencia se explica que este tipo de delitos no sólo se caracterizan por el contacto sexual impuesto, sino también por el profundo sometimiento, degradación y sufrimiento psicológico que provocan.

Un patrón de conducta
Otro de los argumentos centrales del fallo es que los hechos no fueron aislados. El juez coincidió con la Fiscalía en que existió un mismo patrón de comportamiento, repetido a lo largo de varios años, entre 2016 y 2022.Las víctimas pertenecían al círculo íntimo del policía: dos habían mantenido relaciones sentimentales con él y la tercera era la esposa de un amigo.

Para el Tribunal, esa circunstancia no fue casual, sino que facilitó que el condenado pudiera colocarlas en situaciones de vulnerabilidad y ejercer violencia sexual aprovechando la confianza previa.