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Policiales 18 de septiembre de 2026

Confirman prisión preventiva para comerciante que mató a un adolescente

La jueza de garantías Rosa Frende aceptó el pedido de la fiscal Constanza Mandagarán de prisión preventiva al comerciante Ulises Cristiano. Se mantuvo la hipótesis de que mató a Sebastián García (16) fuera de los justificativos de una legítima defensa.

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La Justicia de Garantías dictó la prisión preventiva para Ulises Abel Cristiano, comerciante de 35 años imputado por el homicidio de un adolescente de 16 años, lesiones a otro joven y portación ilegal de armas, tras un hecho ocurrido hace poco mas de un mes frente a su comercio de insumos químicos.

El fallo de la jueza Rosa Frende resolvió además mantener la prisión domiciliaria del acusado mientras avanza la causa. En la misma resolución, rechazó el planteo de la defensa, que solicitaba la libertad del imputado bajo el argumento de que había actuado en legítima defensa o bajo un exceso en la misma.

Además de la conversión de la detención en prisión preventiva bajo la modalidad domiciliaria, la resolución judicial autorizó la apertura compulsiva del teléfono celular del imputado para llevar a cabo los peritajes informáticos correspondientes. En paralelo, se dispuso la formación de un incidente de excarcelación extraordinaria a pedido de la defensa.

El hecho ocurrió la madrugada del 16 de agosto de 2026, alrededor de las 5, en la esquina de Saavedra y Champagnat. Cristiano, de 35 años y dueño de un comercio de Química Imperio, se encontraba junto a su tío a bordo de su camioneta Toyota SW4 custodiando el local, el cual había sufrido un robo previo. Estaba en la vereda de enfrente y tenía tres armas de fuego.

En ese contexto, un grupo de seis jóvenes a bordo de tres bicicletas se aproximó al vehículo estacionado y la rodeó.

Según la investigación judicial, algunos de los sospechosos intentaron manipular las manijas del rodado para abrirlo. Ante esta situación, Cristiano reaccionó disparando en al menos siete oportunidades con una pistola calibre 9 mm que llevaba en el interior de la camioneta. Aunque el comerciante declaró que reaccionó porque uno de los atacantes lo apuntó con un revólver, los peritajes balísticos e inspecciones del lugar no hallaron armas ni vainas servidas pertenecientes a los agresores.

A raíz de las detonaciones, tres proyectiles impactaron en el cuerpo de Sebastián Nazareno García (16), causándole la muerte de forma inmediata por hemorragia masiva al sufrir heridas en el tórax. Asimismo, otro de los disparos provocó lesiones leves en la mano izquierda a un segundo joven de la misma edad que huyó de la escena y luego ingresó al hospital.

Respecto de la dinámica de las detonaciones, la juez Frende apoyó la posición de la fiscal Costanza Mandagarán en el sentido de que la evidencia objetiva contradice la versión de un tiroteo cruzado, confirmando que la totalidad de los disparos provinieron de la pistola de Ulises Cristiano. El análisis técnico y sonoro de las cámaras de seguridad comprobó que se registraron siete detonaciones en dos secuencias —cinco seguidas y dos aisladas tras destrabarse el arma—, lo cual coincide exactamente con las siete vainas servidas halladas en el asfalto, todas percutidas por la pistola nueve milímetros del comerciante. En el lugar no se encontró ningún otro calibre, proyectil ni indicio de que el grupo de jóvenes estuviera armado o hubiera accionado algún revólver.

En relación con los testimonios, la resolución expone severas contradicciones entre los dichos del imputado y las pruebas de la causa. Si bien Cristiano declaró que fue encañonado con un revólver oxidado, en la llamada al 911 realizada inmediatamente después del hecho respondió “No sé” al ser consultado sobre si los agresores portaban armas, mientras que su propio tío afirmó no haber visto armamento alguno en manos de los jóvenes. Asimismo, el relato de una vecina que afirmó ver a dos personas disparando desde su vereda fue descartado por la jueza al constatar en los registros fílmicos que los jóvenes huyeron a la carrera sin detenerse frente a ese domicilio.

Por último, la jueza desestimó la postura defensiva sobre el resultado positivo de pólvora en la mano del adolescente fallecido. Apoyándose en el informe de Criminalística, explicó que la presencia de residuos de disparo no implica que la víctima estuviera armada, sino que se justifica por la hipótesis de transferencia por extrema cercanía, dado que el propio imputado reconoció haber disparado a la distancia de un brazo y que el cuerpo no tenía ninguna arma cuando se acercó a verificar su estado. De todos modos señaló que “sin dudas será necesario efectuar una nueva reevaluación del material probatorio una vez concluidas las pericias dispuestas (balística y dermotest sobre las prendas de García) que son indispensables para poder efectuar una correcta interpretación del porque dio positivo el resultado del dermotest”.