Doble crimen del barrio San Eduardo: Serra seguirá preso tras otro rechazo al arresto domiciliario
La Cámara de Apelación y Garantías confirmó el rechazo a un nuevo pedido de arresto domiciliario presentado por el acusado, que permanece detenido desde 2021 y fue condenado a prisión perpetua por los asesinatos de Ezequiel Contreras y Alberto Nicolás Vergara.
El doble crimen ocurrió frente a la despensa ubicada en la calle 841, entre 0 y 2.
La Cámara de Apelación y Garantías de Mar del Plata confirmó el rechazo al pedido de arresto domiciliario presentado por José Ignacio Serra, condenado a prisión perpetua por los asesinatos de Ezequiel Contreras y Nicolás Vergara, ocurridos en agosto de 2021 en el barrio San Eduardo.
El tribunal consideró que persisten los riesgos procesales y destacó que la condena, aunque todavía no se encuentra firme, ya superó las instancias de revisión en el ámbito provincial.
Serra permanece detenido desde agosto de 2021 y fue condenado el 23 de mayo de 2024 por dos homicidios agravados por alevosía y por el empleo de arma de fuego. La decisión fue adoptada luego de un juicio por jurados en el que todos sus integrantes lo encontraron culpable. El juez Alexis Simaz, del Tribunal Oral en lo Criminal N° 2, le impuso la pena de prisión perpetua.
El doble crimen ocurrió el 2 de agosto de 2021. Contreras y Vergara se encontraban en inmediaciones de una despensa ubicada en la calle 841, entre 0 y 2, cuando fueron atacados a tiros. De acuerdo con la investigación fiscal, Serra había ido hasta ese lugar con la intención de vengarse de Contreras, con quien había mantenido un enfrentamiento dos días antes.
La investigación estuvo a cargo del fiscal Leandro Arévalo y se sustentó en testimonios, registros de cámaras de seguridad y peritajes balísticos. En la escena fueron encontradas 17 vainas servidas y, durante un allanamiento en el domicilio de Serra, los investigadores secuestraron la caja de una pistola calibre 9 milímetros compatible con el arma utilizada en los asesinatos.
Serra fue detenido el 6 de agosto de 2021. Tiempo después había obtenido el beneficio del arresto domiciliario con monitoreo electrónico, medida que se había dispuesto teniendo en cuenta la situación de su hijo, Luca, quien presenta un diagnóstico de síndrome de Asperger y/o trastorno generalizado del desarrollo. El acusado llegó de esa manera al juicio por jurados, pero luego de la condena fue nuevamente trasladado a la Unidad Penal de Batán.
Ahora, la defensa volvió a intentar que Serra accediera a una morigeración de la prisión preventiva bajo la modalidad de arresto domiciliario. El planteo fue rechazado el 4 de agosto de este año por el Tribunal Oral en lo Criminal N° 2 y esa decisión fue apelada por el abogado Javier De La Tore.
Ante la Cámara, la defensa sostuvo que la situación familiar de Serra justificaba nuevamente la medida. Argumentó que su hijo necesita su presencia, que existía una vivienda adecuada para cumplir el arresto y que había familiares dispuestos a brindar contención. También ofreció monitoreo electrónico, una caución real y un referente familiar que se comprometiera a garantizar el cumplimiento de las condiciones.
El defensor cuestionó además que no se hubiera valorado de manera integral la prueba incorporada al expediente. En particular, hizo referencia a un informe elaborado por el psiquiatra y psicólogo Carlos Modad y a una evaluación socioambiental que, según sostuvo, respaldaban la posibilidad de que Serra cumpliera la prisión preventiva en un domicilio junto con su hijo.
Sin embargo, los jueces de la Sala I de la Cámara consideraron que esos elementos no resultaban suficientes para modificar la decisión anterior. En particular, señalaron que no existe actualmente un informe médico actualizado que permita establecer con precisión cuál es el estado de salud de Luca Serra, cuáles son sus limitaciones, qué tratamientos realiza o debería realizar y cuál es su situación escolar, social y madurativa.
Para los magistrados, esa información resulta determinante para evaluar si la situación del joven encuadra en alguno de los supuestos excepcionales que permiten morigerar una prisión preventiva. A esa circunstancia se suma, según el fallo, el peso que tiene la condena a prisión perpetua que recibió Serra. Aunque la sentencia todavía no se encuentra firme, la Cámara destacó que ya fueron agotadas las instancias de revisión dentro de la provincia de Buenos Aires.
En ese sentido, recordó que el Tribunal de Casación Penal rechazó el recurso presentado por la defensa el 25 de febrero de 2025. Luego, el 22 de abril de ese mismo año, declaró inadmisible otro recurso extraordinario y, finalmente, el 12 de junio de 2026, la Secretaría Penal de la Suprema Corte de Justicia bonaerense rechazó por improcedente el recurso de queja.
Para los jueces, ese recorrido judicial constituye un elemento objetivo que incrementa el riesgo de fuga y obliga a analizar con especial cautela cualquier pedido de morigeración del encierro.
La Cámara también tuvo en cuenta que Serra ya había recibido anteriormente el beneficio del arresto domiciliario y que esa medida fue revocada después de que el jurado popular lo declarara culpable y se dictara la condena a prisión perpetua.
De esta manera, los jueces de la Sala I confirmaron la resolución del Tribunal Oral en lo Criminal N° 2 y rechazaron este nuevo pedido de arresto domiciliario presentado por la defensa. Serra continuará detenido en el marco de la causa por el doble crimen de San Eduardo, mientras la condena a prisión perpetua continúa sin adquirir firmeza definitiva.
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