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El Mundo 24 de febrero de 2017

Impiden a una mujer avanzar con un aborto por pedido del presunto padre

El hombre está dispuesto a hacerse cargo de su hijo lo cual hace ya a partir de la concepción de independientemente de que la madre esté dispuesta a ejercer su condición de tal.

En una fallo sin precedentes, la justicia uruguaya impidió a una joven avanzar con un aborto legal, que en ese país está permitido desde 2012, por solicitud del presunto padre, lo que generó un amplio repudio de las organizaciones y sectores que trabajaron por la sanción de la Ley Nº 18.987 que garantiza el derecho a la interrupción voluntaria del embarazo.

El pasado 21 de febrero, la Jueza de Primera Instancia de la localidad de Mercedes (departamento de Soriano), Pura Book Silva, hizo lugar a una demanda de amparo presentada por un hombre disponiendo la suspensión de un procedimiento de interrupción voluntaria del embarazo para “proteger los derechos fundamentales del concebido”, según informó el Poder Judicial uruguayo, que añadió que el fallo fue recurrido por la mujer gestante.

En el comienzo del fallo la magistrada refiere que “si bien las partes no conformaron a la fecha una pareja con las connotaciones propias del concubinato, el Sr X está dispuesto a hacerse cargo de su hijo lo cual hace ya a partir de la concepción de independientemente de que la madre esté dispuesta a ejercer su condición de tal”.

Book sostiene que “permitir a la madre continuar con el proceso de interrupción del embarazo implicaría una infracción a la normativa vigente y aplicable al caso, porque no se cumplen los requisitos formales previstos en el art 3° inc 1, no hay prueba registrada en la historia clínica de su cumplimiento”.

“Ante esa falencia -concluye el fallo- y en el conflicto entre el derecho a la autodeterminación de la mujer sin razones atendibles que justifiquen el impedimento para continuar el embarazo de acuerdo a lo expuesto en la audiencia, sin prueba de afectación psicológica, valorando la situación concreta con criterio de razonabilidad o proporcionalidad, frente al derecho a la vida del concebido, entiende la suscrita debe primar el derecho a la vida consagrado en nuestro jurídico”.

“El fallo es una barbaridad. En primer lugar la jueza contrapone el derecho del presunto padre por sobre el de la mujer que estaba cursando un pedido de aborto legal tal como lo establece la ley; en segundo término esgrime como argumento que no justificó bien su pedido de interrupción ‘porque no consta en el legajo médico’ y, por último, acusa a la mujer de no haber utilizado correctamente los métodos anticonceptivos”, señaló a Télam la politóloga uruguaya María Elena Laurnaga, ex diputada del Frente Amplio.

Y continuó: “La jueza enfatiza que el hombre se hará cargo de la cuestión económica, como si la mujer fuera un recipiente, pero no atiende a las razones que ella expuso por las que no puede continuar con el embarazo. Es decir, todas las observaciones del fallo exceden la competencia de la jueza e incluso avanza en forma contraria al espíritu de la ley”.

En el mismo sentido, Lilián Abracinskas, directora de la organización Mujer y Salud de Uruguay (MYSU) sostuvo que “en el fallo la jueza se basa en su sistema de creencias sin tener en cuenta la ley, omitiendo por completo que la norma establece con claridad que nadie puede obligar a la mujer a continuar con el embarazo”.

Según Abracinskas, “el objetivo de este fallo es demorar el procedimiento para que se pasen las 12 semanas de gestación; no hay que dejar de lado que Mercedes es una localidad donde todos los ginecólogos interpusieron su objeción de conciencia para no participar de interrupciones de embarazos”.

La noticia, que fue difundida ayer, generó un inmediato repudio desde los diferentes sectores defensores de los derechos de las mujeres, tanto de la sociedad civil como oficiales, desde donde se espera que en estos días se emita un posicionamiento.

“Esto se inscribe en todas las formas de violencia que atravesamos las mujeres, porque todos nos horrorizamos ante los femicidios, lo cual está muy bien, pero hay todo tipo de derechos como los sexuales y reproductivos que las mujeres ven vulnerados a diario”, concluyó Abracinskas.

En 2012, en Congreso uruguayo sancionó la Ley 18.987, conocida como la “Ley de Aborto”, en la que garantiza el derecho de la interrupción voluntaria del embarazo a mujeres que estén dentro de las 12 semanas de gestación y cumplan con el requisito de solicitarlo ante el profesional de la salud explicando “las condiciones en que ha sobrevenido la concepción, situaciones de penuria económica, sociales o familiares o etarias que a su criterio le impiden continuar con el embarazo”.

Tras el recurso de apelación presentado por la mujer, el hombre deberá en los próximos días realizar su descargo y la jueza definirá su elevación al Tribunal de Apelaciones de Familia, que tendrá cuatro días hábiles para resolver.