Montenegro firmó el decreto que amplía las actividades gastronómicas en Mar del Plata
El Intendente autorizó el servicio de comidas y bebidas para consumo en locales gastronómicos. Quedará habilitado a partir de este miércoles de 7 a 19.
El intendente municipal Guillermo Montenegro firmó este martes el decreto por el cual queda habilitada en Mar del Plata la ampliación de actividades gastronómicas, luego de la recomendación elevada por la Comisión Especial de Reactivación Económica del Concejo Deliberante.
De esta forma, bares y restaurantes de la ciudad reabrirán a partir de este miércoles -de 7 a 19- el servicio de comidas y bebidas para consumo en locales gastronómicos, bajo estrictos protocolos sanitarios y con reserva previa. Los cafés también continuarán trabajando, en el mismo horario, tras la prueba piloto.
Según aclaró el Municipio, el uso del transporte público estará prohibido tanto para clientes como trabajadores, dado que el servicio permanece reservado únicamente para actividades esenciales.
Al respecto, el secretario de Desarrollo Productivo, Fernando Muro, expresó que “es fundamental que se cumplan estrictamente los protocolos de higiene y seguridad indicados”. Y recordó que “para el desarrollo de la actividad gastronómica el uso de transporte público no está permitido y que se deberán reforzar los protocolos de limpieza”.
Los distintos locales gastronómicos deberán utilizar un sistema de reserva previa con el fin de evitar aglomeraciones y, en caso de demora, los clientes esperarán fuera del local respetando la distancia social mínima de dos metros. Las mesas respetarán distancias entre sí, no se permitirá más de cuatro personas por mesa y se deberá garantizar la rotación para desinfección e higiene del lugar.
Entre los aspectos claves del protocolo, el decreto destaca el registro obligatorio de los datos personales de todos los clientes a la hora del ingreso al local.
En ese sentido, los gastronómicos deberán realizar la toma de temperatura, la desinfección de manos con alcohol y la sanitización del calzado a cada persona que ingrese al establecimiento. En tanto que el uso de tapabocas o barbijo será condición para permanecer en el local, excepto cuando el cliente se disponga a comer o beber. En todos los casos, el tiempo de permanencia será reducido y se realizará una ventilación permanente de los ambientes.
Por otra parte, el decreto precisa que la densidad de ocupación del local no deberá exceder los 2,25 metros cuadrados por persona, aproximadamente el 45% de la capacidad del establecimiento; las áreas deberán estar correctamente demarcadas para ingreso y egreso de clientes, con una distancia mínima de 2 metros. Se podrá utilizar la vía pública para el uso de mesas y sillas, y los espacios de uso común quedarán anulados.
Por último, aclara que las superficies tendrán que estar “permanentemente” desinfectadas, y disponer de alcohol en gel o desinfectante en cada una de las mesas. También recomienda el uso de manteles y servilletas descartables.
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