Piden condenar a acusados de lavar dinero proveniente de delitos de lesa humanidad
Los imputados son los cuatro hijos de un miembro de la denominada “banda de Aníbal Gordon”, a quienes se les imputa transferir, adquirir y administrar dos terrenos. También solicitaron que les labren importantes multas y el decomiso de los predios investigados.
El fiscal federal de Dolores, Juan Pablo Curi, su par, Laura Mazzaferri, y la auxiliar fiscal Eugenia Montero, alegaron ante el juez Roberto Falcone.
El fiscal federal de Dolores, Juan Pablo Curi, y la titular de la Oficina de la Procuraduría de Crímenes contra la Humanidad de Mar del Plata, Laura Mazzaferri, pidieron que los cuatro hijos del fallecido Leonardo Miguel Save, sindicado integrante de “la banda de Aníbal Gordon”, sean condenados a la pena de 3 años de prisión por lavar dinero proveniente de delitos de lesa humanidad.
Se trata de tres mujeres y un hombre, descendientes de Save, quien fue miembro de la organización paramilitar que actuó en la época del terrorismo de Estado. A María Eugenia, María Natalia, Marcelo Leonardo y Ana María Save se los señaló como responsables del delito de lavado de activos provenientes de crímenes de lesa humanidad cometidos durante la última dictadura cívico militar.
En concreto, el Ministerio Público Fiscal les reprochó haber realizado diversas maniobras para incorporar al mercado legal dinero procedente de crímenes de naturaleza económica cometidos en el marco del terrorismo de Estado. Además, se les requirió a cada uno el pago de una multa por el doble del valor de los terrenos y al solicitar el decomiso de las dos parcelas cuestionadas, se solicitó una destinación específica para garantizar la reparación integral de la sociedad afectada, a través de medidas satisfactivas y dirigidas a la garantía de no repetición de las graves violaciones a los derechos humanos y crímenes de lesa humanidad cometidos.
Para la acusación, representada también por los auxiliares fiscales María Eugenia Montero y Julio Darmandrail, quedó demostrado que el dinero para la compra de los terrenos provino de crímenes de lesa humanidad, perpetrados en el marco de la coordinación represiva denominada “Plan Cóndor” y de los sucesos perpetrados contra víctimas del centro clandestino de detención y torturas “Automotores Orletti”, en particular, del dinero sustraído a una víctima de nacionalidad uruguaya que fue secuestrada y asesinada en 1976 en ese centro clandestino.
La fiscalía contó durante el proceso de investigación y de juzgamiento con la colaboración de la Secretaría para la Investigación Financiera y el Recupero de Activos Ilícitos, a cargo de María Fernanda Bergalli, de la Dirección General de Recuperación de Activos y Decomiso de Bienes(Dgradb) a cargo de María del Carmen Chena, y con la asistencia también de la Procuraduría de Crímenes contra la Humanidad.
La exposición de la fiscalía
Ante el juez Roberto Falcone -que integra unipersonalmente el Tribunal Oral Federal de Mar del Plata-, las y el representante del MPF hicieron un repaso durante más de tres horas del marco histórico en que se cometieron los delitos de lesa humanidad como precedentes de la maniobra juzgada en esta instancia. A partir de allí, se reconstruyeron las diversas estrategias realizadas para transferir, adquirir y administrar el predio de 36 hectáreas, ubicado a la vera de la laguna de Chascomús.
Para la Fiscalía, quedó comprobado -tanto en causas que tramitaron en otros tribunales como en la prueba reunida en este caso- que dentro de las prácticas que vino a estandarizar el Plan Cóndor “con el objetivo de facilitar la destrucción o eliminación de quienes se opusieran a las dictaduras cívico militares de la región”, se cometieron robos y se realizaron apropiaciones de bienes de detenidos desaparecidos, además de secuestros, torturas, asesinatos, desapariciones y operaciones de desinformación.
La auxiliar fiscal Montero relató que se probó también durante el debate que fue el centro clandestino Automotores Orletti el epicentro de la ejecución de este plan, desde donde se coordinaba la represión regional, con un rol preponderante de la exSecretaría de Inteligencia del Estado (SIDE). Indicó entonces que para 1976, dentro de su estructura coexistían distintos tipos de operadores, entre ellos, personal inorgánico como Aníbal Gordon y Miguel Save, padre de los cuatro acusados.
“También se acreditó la pertenencia de Save a la ‘banda de Aníbal Gordon’ y su presencia en múltiples hechos delictivos cometidos, antes y después del golpe de Estado”, mencionó la auxiliar fiscal, quien luego agregó: “quedó establecida la conexión entre (esta) banda que operaba en el centro clandestino Orletti y su participación en el secuestro y la apropiación de los bienes en la vivienda del militante uruguayo Alberto Mechoso Méndez, entre muchos otros”.
La fiscalía estableció que en ese hecho, el grupo de tareas que actuó sustrajo una millonaria suma de dinero de la vivienda, que luego -al menos en una parte- habría sido utilizada por quienes conformaban la organización para efectuar la operación de compra-venta de los lotes ubicados en el barrio Parque Girado de la ciudad de Chascomús con el objeto de desarrollar un proyecto inmobiliario de construir un “Boating Club”, que finalmente no se concretó.
Para el MPF, durante el debate quedó clara la vinculación entre el accionar de la Banda de Gordon que operaba en Automotores Orletti, bajo dependencia de la exSIDE y en ejecución del Plan Cóndor, con la operación de compra-venta de los terrenos que en la actualidad son objeto de juicio.
En esta línea, la fiscalía expresó: “según informa la propia DIPBA (Dirección de Inteligencia de la Policía de la provincia de Buenos Aires) fueron adquiridos por miembros de la banda, con el objeto de un desarrollo inmobiliario, a partir de boletos de compra venta suscriptos con personas inexistencias, en fecha concomitante al secuestro de la víctima Mechoso Méndez y el allanamiento por parte del grupo de tareas de su vivienda de la que se llevaron una suma millonaria (Operación Oro), que según surge de la propia sentencia dictada en la causa Plan Cóndor fue –en parte- reinvertida en la compra de los terrenos, que a la postre, fueron escriturados por los aquí imputados”.
En este sentido, el fiscal federal Curi describió la operatoria de cada uno de los imputados en relación con la adquisición y la administración de los predios que se extendió hasta la actualidad, encuadró esas conductas en la figura de lavado de dinero, se explayó acerca del dolo requerido en la maniobra y, además solicitó los tres años de prisión.
Al momento de requerir el decomiso del predio, la fiscala Mazzaferri señaló que debía tener un destino dirigido a instancias de garantizar el derecho a la memoria, la verdad y la justicia. Sugirió, por la experiencia en el tema, la entrega a la Subsecretaría de Derechos Humanos de la provincia de Buenos Aires, a través de su Dirección de Sitios y Espacios para la Memoria, por la posibilidad de articular la materialización de esa finalidad con el Estado municipal de Chascomús. Cabe resaltar que la subsecretaria es parte querellante en el caso, junto con la Unidad de Información Financiera (UIF).
El propósito, explicó Mazzaferri, es que se puedan arbitrar las medidas necesarias para que las parcelas se dediquen a actividades educativas, turísticas y/o de recreación, con eje en “mantener viva la memoria de los sucesos que tuvieron lugar en ese sitio durante el terrorismo de Estado”. La fiscala destacó que “el recupero del producto de delitos de criminalidad organizada y de financiamiento del terrorismo, y su función de desfinanciamiento de ese delito y de prevención de sucesos de ese tipo, no puede ser entendido sin consideración de la preeminencia de la reparación de las víctimas, individuales y colectivas, y de la recomposición de los lazos sociales, especialmente afectados por crímenes que atacan las bases mismas del Estado democrático de Derecho”.
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