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Enlace Universitario 28 de diciembre de 2022

Recursos de aldea y necesidades de ciudad: debates impositivos en la Mar del Plata de principios del siglo XX

Juana Fortezzini
Estudiante del profesorado y la licenciatura en Historia

Desde principios del siglo XIX, Mar del Plata se proyectó como balneario de élite: con una constante afluencia de figuras relevantes de las clases altas argentinas, los establecimientos dirigidos al ocio, la hotelería, los clubes, entre otros, se volvieron altamente lucrativos durante los meses de verano.

Entre estas ofertas de entretenimiento, el juego se destacó tempranamente. Como investigó Marcelo Pedetta (2016), durante el siglo XX los establecimientos de juego oscilaron entre la prohibición, en razón de los efectos negativos que se le atribuían, y la apertura, usualmente vinculada a la beneficencia, por su alta rentabilidad.

En 1923, el Partido Socialista buscó captar un porcentaje de esta rentabilidad para dirigirlo hacia las arcas municipales. Esta decisión, muy en línea con las posturas del elenco político socialista en la Ciudad de Buenos Aires (Ratto, 2017) puso en primer plano una dinámica que el concejal Juan Fava describía en el concejo deliberante en febrero de 1925: la comuna con recursos de aldea, debe atender las necesidades de una gran ciudad.

El primer negocio de juego se inauguró en 1891, por los hermanos vascos Lasalle y su socio, Inocencio Echeverría: un casino dentro del Hotel Bristol (Pastoriza y Torre, 2019). Con el crecimiento de la ciudad, comenzaron a ofrecerse tales servicios dentro de los clubes Mar del Plata y Pueyrredón, quienes concentraban la actividad al momento de la sanción del impuesto. Con un discurso que mixturaba condenas morales al juego y consideraciones económicas respecto de los márgenes de recaudación de la municipalidad, el socialismo propuso gravar el juego mediante un derecho de inspección, una patente fija anual extendida también a hipódromos y establecimientos de tiro a la paloma.

El primer apoyo al gravamen provino de los mayores contribuyentes de la ciudad, presentes al momento del debate legislativo. Uno de ellos, Deyacobbi, argumentó que la modificación en la Ordenanza General de Impuestos se fundaba en una búsqueda por favorecer la administración pública sin gravar las actividades comerciales e industriales de la ciudad, es decir, acordando en cierta medida con la consideración socialista respecto de la canalización de capitales producidos por actividades insanas hacia otras moralmente aceptables en sus términos. El proyecto se aprobó por unanimidad a partir de una moción de Victorio Tetamanti en calidad de mayor contribuyente, quien fue también fundador y presidente de la primera comisión directiva del Hospital Mar del Plata.

Esta institución, el Hospital Mar del Plata, sería la principal beneficiaria de la recaudación: el 80% de lo recaudado se dirigiría a servicios hospitalarios, y el 20% restante ingresaría a rentas generales. A pesar de la aprobación por unanimidad, los problemas con el cobro del derecho de inspección se extendieron hasta 1928, poco tiempo antes de la salida del partido socialista del ejecutivo municipal. Dos grandes problemas se pusieron de manifiesto durante estas conversaciones entre 1923 y 1928: la recaudación, y la distribución.
Los clubes Mar del Plata y Pueyrredón albergaban los Casinos afectados por el gravamen: el 18 de febrero de 1924 ingresó el primer pedido de apelación por parte de ambos clubes, situación que se repetirá múltiples veces, pero no será discutida en el recinto. Sólo el Club Pueyrredón abonó el impuesto bajo protesta, pero la municipalidad no pudo acceder al pago porque ambas instituciones se dirigieron a la justicia para desestimar el impuesto. Con la judicialización, el socialismo se encontró con un nuevo problema: Luciano Arrué, concejal radical y también miembro de la mesa directiva del Club Pueyrredón, condujo una acusación a la gestión socialista que impugnaba el balance de gastos de la municipalidad. El déficit fiscal que enfrentaría la municipalidad ante la falta de pago de los casinos e hipódromos le permitía cuestionar en un mismo gesto el aumento del gasto público y la dependencia que el presupuesto socialista generaba respecto de la tributación de tales instituciones. La contraargumentación de Teodoro Bronzini apeló a las “necesidades siempre crecientes de la administración” (Boletín Municipal N°22, enero-febrero, 1924).

Para principios de 1925, el problema de la ausencia de tales pagos ya ocupa un rol importante en la proyección anual debido a la continuación de los pleitos. No obstante, la ausencia de estas sumas y su consignación en el presupuesto a pesar de su falta de pago permiten al intendente socialista Rufino Inda argumentar que, de haber recibido esta suma que ya asciende a $78.000 pesos en total, la comuna se encontraría en superávit. Sostiene, al final de su discurso inaugural, que “el problema de esta comuna (…) es, sobre todo, en estos momentos, un problema de recursos” (Boletín Municipal, N°28, enero-febrero, 1925). Inda adicionó a tales problemas que el pleito es más criticable en tanto no es el Club Pueyrredón el que debe pagar el impuesto sino los empresarios del Casino, como lo establece el contrato que une a ambas instituciones.
Los enfrentamientos se intensificaron en junio de 1925, cuando se atendió a la distribución del impuesto. La denuncia pasó de cuestionar la afectación del presupuesto anual a denunciar una malversación de fondos por parte del socialismo. En rigor, la acusación no contiene hechos de corrupción, sino que se funda en la ausencia de pago de la subvención extraordinaria al Hospital Mar del Plata, sancionada también dentro del presupuesto anual. El radicalismo consideró que la subvención debería haberse adjudicado a pesar del conflicto judicial con los casinos, mientras que el socialismo entiende un acto de prudencia no otorgar sumas que aún dependen del fallo de la Corte Suprema. Del mismo modo, cuestionaron los intentos socialistas por dirigir parte de ese 80% hacia dependencias municipales de salud, diferenciando los servicios hospitalarios de hospitalización.

El fallo de la Corte Suprema contra el gravamen municipal fue anunciado en diciembre de 1928: en el año 1929 se ultimaron los detalles respecto de la devolución de las sumas entregadas condicionalmente por el Club Pueyrredón y los acuerdos correspondientes con el Hospital Mar del Plata.

La capacidad recaudatoria del municipio, por un lado, y las discusiones referidas a la distribución de tal renta, por otro, mostraron en este conflicto problemas vinculados a los márgenes de acción de los municipios de la Provincia. En tales términos, es cierta la afirmación de Java: la comuna con recursos de aldea, debe atender las necesidades de una gran ciudad.



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