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Policiales 24 de octubre de 2026

Sufrió abuso sexual, tiene estrés postraumático y le negaron a su padre salir de prisión para cuidarlo

El menor atraviesa las secuelas de un trauma que requiere atención y acompañamiento. Su madre está detenida y su padre, condenado a 11 años y seis meses por un homicidio, había pedido cumplir la pena en su casa para asistirlo.

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Un menor que sufrió abuso sexual infantil y padece un trastorno por estrés postraumático deberá continuar atravesando las secuelas de ese trauma sin la presencia cotidiana de su padre, luego de que la Justicia rechazara el pedido para que el hombre dejara la cárcel y cumpliera la condena bajo arresto domiciliario. La madre del menor también está detenida y, ante esa situación, el cuidado quedó a cargo de una de sus hermanas.

La situación del niño fue uno de los argumentos centrales de la defensa del hombre, condenado a 11 años y seis meses de prisión por un homicidio agravado por el uso de arma de fuego y abuso de arma. El convicto sostuvo que su presencia resultaba necesaria para acompañar a su hijo, cuya salud mental se encuentra afectada por las consecuencias del abuso.

Sin embargo, la Sala Primera de la Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal de Mar del Plata confirmó la decisión del Tribunal Oral en lo Criminal N° 3 y rechazó la morigeración de la prisión preventiva. Los jueces consideraron que, pese a la gravedad de la situación familiar, no se acreditaron circunstancias excepcionales que justificaran reemplazar el encierro por una medida menos restrictiva.

El pronunciamiento no desconoció el padecimiento del menor. Por el contrario, los magistrados señalaron que no ponían en duda que la presencia de su padre pudiera resultar beneficiosa para su evolución, pero entendieron que ese argumento no alcanzaba para conceder el arresto domiciliario frente a los riesgos procesales que, a su criterio, justifican mantenerlo detenido.

Un trauma que requiere atención especial

De acuerdo con los informes psicológicos incorporados al expediente, el menor padece trastorno por estrés postraumático infantil como consecuencia del abuso sexual sufrido. La defensa invocó una evaluación del licenciado Paul Holboll, quien consideró que la presencia paterna podía cumplir una función reparadora y de contención en el proceso de recuperación.

El planteo apuntó a que el acompañamiento familiar no era una cuestión secundaria, sino una necesidad vinculada con la salud emocional del menor. La defensa sostuvo que el cuadro traumático exigía una intervención urgente y que el contacto cotidiano con su padre podía contribuir a darle mayor estabilidad.

La situación familiar, además, está atravesada por otras dificultades. La madre biológica del niño se encuentra detenida en la Unidad Penal N° 50 y, según se expuso durante el trámite judicial, el menor había vivido con otro familiar que finalmente no pudo continuar alojándolo. Desde entonces, una hermana mayor asumió su cuidado.

En paralelo, la familia integrada por la pareja del convicto y sus otros cuatro hijos menores de edad enfrenta dificultades económicas. La vivienda en la que residen sufrió un incendio el 8 de mayo, que provocó daños en la planta alta. Aunque la defensa describió las consecuencias del siniestro como parte de un cuadro de extrema vulnerabilidad, la Cámara señaló que la planta baja continuaba siendo habitable.

La respuesta de la Cámara

Los jueces consideraron que las circunstancias expuestas eran lamentables, pero no suficientes para conceder una medida excepcional. En relación con el niño, señalaron que el informe socioambiental daba cuenta de que se encontraba al cuidado de su hermana, en un entorno familiar con condiciones habitacionales adecuadas y servicios básicos, aunque con recursos limitados.

Por ese motivo, entendieron que no se había demostrado una situación de abandono o desamparo que justificara el arresto domiciliario del padre. También remarcaron que la condena a 11 años y seis meses de prisión fue dictada por un jurado popular en septiembre de 2024 y ratificada en instancias judiciales posteriores, aunque todavía no se encuentra firme.

La defensa había propuesto que se cumpliera la medida en su domicilio, con monitoreo electrónico y cauciones para garantizar que permaneciera a disposición de la Justicia. También sostuvo que el arresto domiciliario permitiría atender las necesidades de sus hijos y contribuir a la manutención del grupo familiar.

El Ministerio Público Fiscal se opuso al planteo. Consideró que no estaba acreditado que el hombre fuera indispensable para el cuidado del niño ni que no existieran otros familiares capaces de asistirlo. La representación del particular damnificado también pidió que se mantuviera el encierro.

Intervención de los organismos de Niñez

Aunque confirmó el rechazo al arresto domiciliario, la Cámara dispuso que los organismos de Niñez intervengan de manera efectiva y supervisen la situación de los hijos del condenado, con especial atención al menor que sufrió el abuso sexual.

Los jueces indicaron que el niño requiere un seguimiento especial por el trauma padecido y remarcaron la necesidad de que las autoridades competentes vigilen su situación y le brinden asistencia.

Así, la resolución mantuvo al padre en prisión, pero dejó expresamente planteada la necesidad de que el Estado intervenga para acompañar a un niño que arrastra las consecuencias de un abuso y cuya situación familiar presenta dificultades adicionales.

El hombre permanece detenido desde el 14 de septiembre de 2022. Según el cómputo provisorio incorporado al expediente, la pena vencería el 13 de marzo de 2034.