La AFIP reglamentó la ampliación del Impuesto PAÍS a la compra de divisas con destino a la importación
Estableció un pago a cuenta del 95% del Impuesto PAÍS para compra de divisas con destino a la importación de bienes. Se excluyen las operaciones de importación que se registren con giro de divisas por parte de un tercero y las que ingresen a través de un prestador PSP/Courier.