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Policiales 9 de septiembre de 2026

Una mujer asaltó a un joven, le sustrajo el teléfono celular y fue descubierta

Fue condenada a un año de prisión de ejecución condicional y la Justicia ordenó que reinicie un tratamiento para combatir sus adicciones.

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Una mujer de 25 años fue condenada a un año de prisión de ejecución condicional por el robo de un teléfono celular y una tarjeta SUBE cometido contra un joven en abril de 2025.

Aunque la acusación había sido formulada por robo agravado por el uso de un arma, el juez Gustavo Fissore, del Tribunal en lo Criminal N° 4, consideró que no se pudo acreditar que la joven hubiera utilizado efectivamente un cuchillo durante el asalto y calificó el hecho como un robo simple.

El hecho ocurrió el 23 de abril de 2025, cerca del mediodía, cuando el joven caminaba por la zona de Arrué al 1800. Según se dio por probado en el fallo, la mujer lo interceptó y le sustrajo un teléfono celular marca TCL 405 y una tarjeta SUBE. Luego escapó del lugar.

La investigación tuvo un desenlace particular. Después del robo, la víctima regresó a su casa y le contó lo ocurrido a su madre. Horas más tarde, ambos vieron pasar frente a la vivienda a la mujer que, según el damnificado, era la misma que le había sustraído sus pertenencias. La siguieron en un automóvil y dieron aviso al 911.

La policía logró interceptarla en Termas de Río Hondo y Rivadavia. Durante la requisa, los efectivos encontraron en su poder la tarjeta que había sido robada. La pertenencia de dicho objeto fue corroborada además mediante los datos de la aplicación SUBE.

El reconocimiento de la víctima y el hallazgo de la tarjeta fueron determinantes para que el juez Fissore concluyera que no existían dudas sobre la participación de la mujer en el robo. Sin embargo, el magistrado no tuvo la misma certeza respecto del uso del arma.

En su primera declaración, el joven había señalado que la mujer le exhibió un cuchillo y que, ante esa situación, permaneció quieto mientras le entregaba sus pertenencias. Pero en una segunda declaración, realizada en la sede de Delegación Departamental de Investigaciones (DDI) local, modificó ese aspecto de su relato: explicó que la mujer hizo una seña como si tuviera algo escondido detrás, aunque aclaró que no llegó a ver ningún arma.

El Tribunal también tuvo en cuenta que cuando la víctima llamó al 911 para informar que había reconocido a la autora del robo no mencionó la utilización de ningún arma. Para el juez, se trataba de un dato que difícilmente habría sido omitido si efectivamente el cuchillo hubiera sido utilizado durante el hecho.

El cuchillo apareció posteriormente, cuando la mujer fue detenida y los policías se lo encontraron dentro de uno de sus bolsillos. Pero ese hallazgo, por sí solo, no alcanzó para demostrar que el arma hubiera sido empleada durante el robo.

Por ese motivo, Fissore concluyó que el robo había quedado probado, pero que la intimidación se produjo mediante la simulación de portar algún tipo de arma. De esa manera, descartó la agravante prevista para el robo cometido con armas.

El proceso se resolvió mediante un juicio abreviado. La Fiscalía, a cargo de Romina Díaz, había acordado con la defensa una pena de cinco años de prisión bajo la calificación de robo agravado por el uso de arma. La mujer fue informada del acuerdo y manifestó comprender sus alcances y consentir tanto el procedimiento como la calificación y la pena propuesta.

Al momento de dictar sentencia, sin embargo, el magistrado modificó la calificación legal al excluir la agravante del arma. Finalmente, la condenó como autora de robo a un año de prisión de ejecución condicional.

El juez valoró especialmente la juventud de la imputada y la ausencia de antecedentes penales para disponer que la pena no fuera de cumplimiento efectivo. Además, le impuso reglas de conducta: deberá mantener un domicilio constituido, quedar bajo supervisión del Patronato de Liberados, reiniciar un tratamiento contra las adicciones y no acercarse a la víctima a menos de 200 metros.