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Policiales 17 de septiembre de 2023

Dueño de un restaurante abusó de una camarera y pretendía prostituir a otras dos

Alberto Claudio Tinari fue condenado a 8 años de prisión por el Tribunal Federal, que lo absolvió por el delito de trata de personas. La fiscalía había solicitado una pena de 14 años.

Un comerciante que manejaba el restaurante de un balneario de Pinamar fue condenado a 8 años de prisión por haber abusado sexualmente de una camarera y haber intentado que otras dos se prostituyeran en fiestas exclusivas en Cariló.

En un juicio unipersonal, el Tribunal Federal de Mar del Plata resolvió condenar a Alberto Claudio Tinari a 8 años de prisión por los delitos de “promoción o facilitación de la prostitución” y “abuso sexual con acceso carnal”, por dos hechos ocurridos en la temporada de 2020/2021 en Pinamar.

En el mismo debate, Tinari fue absuelto por el delito de trata de personas con fines de explotación laboral, ya que estaba acusado de haber contratado a jóvenes en extrema vulnerabilidad para que trabajaran en su restaurante, en condiciones que rozaban la esclavitud.

En diciembre de 2020, Tinari (y su pareja) manejaba el restaurante del balneario “Botavara”, ubicado en avenida Del Libertador Norte, entre Poseidón y Selene, de Pinamar, para el que había contratado a mujeres jóvenes de 18 años recién cumplido para que trabajaran como camareras. Sin embargo, según pudieron demostrar durante el debate el fiscal Juan Manuel Pettigiani y el auxiliar fiscal Carlos Fioritti, Tinari buscaba ser una especie de proxeneta y prostituir a estas camareras en exclusivas fiestas privadas que se realizaban en Cariló.

En el debate se pudo demostrar que desde el 20 de diciembre de 2020 hasta los primeros días del mes de enero de 2021 Tinari promocionó el ejercicio de la prostitución de dos jóvenes que había contratado como camareras para que trabajaran en su restaurante.

En ese contexto, les ofreció concurrir a fiestas privadas para mantener relaciones sexuales a cambio de 100 dólares por cada hombre con el que estuvieran.

Además, en el juicio se demostró que el 22 de diciembre de 2020, a las 21, en el interior del Hotel Trinidad Tinari abusó sexualmente de una joven.

La perspectiva de género de la fiscalía

En su alegato, el fiscal Pettigiani aclaró que los hechos bajo análisis necesitaban ser abordados con una con perspectiva de género. En ese sentido, expresó que “la vulnerabilidad de la mujer es un fenómeno complejo que trasciende los sistemas de derecho doméstico, lo que tiene estrecha vinculación con el fenómeno conocido como
‘feminización de la pobreza’, entre cuyas razones encontramos a la precarización laboral acentuada en el género femenino, que ve mayormente disminuidas sus posibilidades de inserción laboral y progreso”.

“Por eso es menester abandonar el sesgo androcentrista que naturaliza prácticas abusivas y de dominación sobre las
mujeres. No hacerlo implica beneficiar a la estructura patriarcal, lo que revela cierta complicidad con el temor que se infunde a través de esa estructura que es preciso derribar. Por ello se ha tenido un especial cuidado para respetar los derechos de las víctimas de graves casos de violencia hacia las mujeres, como lo fueron los hechos de promoción de la prostitución y abuso sexual juzgados en este debate”, aclaró también Pettigiani en su alegato.

Abuso y prostitución en pandemia

Durante el juicio se destacó que los hechos ocurrieron a fines de 2020 y principios de 2021, en plena pandemia por el coronavirus, lo que había generado un clima incierto en cuanto a las posibilidades de progreso laboral y económico, contexto tenido en cuenta por el condenado para consumar su plan criminal y aprovecharse así de la situación de vulnerabilidad de las víctimas, dado por su edad, condición familiar y laboral.

Las víctimas, mujeres de unos 18 años, habían sido contratadas para trabajar una temporada de verano como camareras y se encontraron con otro escenario: con un empleador acosador, que abusó a una de ellas e intentó prostituir a las demás, quien ejercía un trato asfixiante que pretendía además tener relaciones sexuales con sus empleadas, ya sea ofreciéndoles dinero o por la fuerza, como ocurrió con una de ellas.

Cuánto cobrás por darme un beso” o “te voy a llevar al baño y te voy a pegar un buen polvo“, fueron frases que las víctimas aseguraron que les decía Tinari, lo que para el fiscal demostraron con creces el desprecio que el condenado sentía por las mujeres.

“Tinari se creía con el derecho a disponer de sus empleadas mujeres, como si fueran cosas, proponiéndoles tener sexo de manera agresiva o proponiéndoles prostituirse, pues creyó que la escasa edad las víctimas, su necesidad de trabajar, sumado a su personalidad obsesiva le daban derecho a generar el marco adecuado para lograr su objetivo, es decir explotarlas sexualmente”, expresó el fiscal.

Amenazas y falta de arrepentimiento

El condenado a 8 años de prisión mostró una falta absoluta de arrepentimiento y negó en todo momento los hechos que fueron acreditados en el debate.

Además, víctimas y testigos destacaron que se sintieron bajo constante hostigamiento y que recibieron amenazas, no solamente durante el período de trabajo, sino también a lo largo del proceso.

La víctima de la agresión sexual, quien quedó seriamente perturbada, hasta el momento del juicio sufrió amenazas, por las que sintió la necesidad de mudarse y cambiar su número de teléfono. Las peritos psicólogas que trataron a la joven dieron cuenta del estado de angustia que padece y del proceso traumático en el que se encuentra, sin poder precisar cuándo sufrirá las consecuencias, ya que se trata de un proceso “perturbador”. “Es una persona que me marcó para siempre“, había declarado la víctima.

Si bien la fiscalía había solicitado 14 años de prisión para Tinari, como el Tribunal lo absolvió por el delito de “trata de personas”, la pena fue solo por los delitos de “promoción o facilitación de la prostitución” y “abuso sexual con acceso carnal”, por los que el juez determinó una condena de 8 años.

 



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