Era médica, atropelló a un motociclista, lo vio con una fractura expuesta y escapó
La Cámara Civil y Comercial confirmó la responsabilidad de la conductora y elevó el resarcimiento por daño moral al equivalente a 23.500 dólares. La mujer cruzó un semáforo en rojo en Alberti y Mitre, embistió a un repartidor y se fue del lugar después de observarlo tendido en el asfalto.
El 18 de mayo de 2023, cerca de las 16.20, una médica que conducía una Jeep Renegade cruzó la esquina de Alberti y Mitre sin respetar la luz del semáforo e impactó contra una motocicleta Yamaha FZ16. El conductor del rodado, que trabajaba como repartidor, cayó al asfalto y sufrió una fractura expuesta de tibia y peroné. La mujer bajó de la camioneta, lo observó tendido en la calle y volvió a subir para continuar su marcha.
La fuga fue interrumpida por un patrullero que la interceptó en Gascón, entre Alvear y Mendoza. Esa secuencia, que quedó acreditada en el expediente judicial, fue uno de los aspectos que la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Mar del Plata ponderó al revisar la indemnización que deberá recibir la víctima. Los jueces remarcaron especialmente que la conductora era médica y consideraron que su comportamiento, además de ilícito, resultó moralmente reprochable.
La Sala II del tribunal confirmó la responsabilidad de la mujer y de la compañía aseguradora por las consecuencias del choque. Sin embargo, modificó parcialmente el monto de la condena: redujo la indemnización por incapacidad física y psíquica, pero elevó el resarcimiento por daño moral al equivalente en pesos de 23.500 dólares.
El caso había llegado a la Cámara luego de que el Juzgado Civil y Comercial N° 12 condenara a la conductora y a La Meridional Compañía de Seguros a pagar 105.811.300 pesos, más intereses y costas. Tanto el motociclista como la demandada y la aseguradora apelaron distintos aspectos de aquella sentencia.
Las lesiones y las secuelas
El motociclista sufrió una fractura expuesta de tibia y peroné en la pierna derecha. La gravedad de la lesión obligó a inmovilizarlo e internarlo en el Hospital Álvarez, donde fue sometido a una intervención quirúrgica en la que le colocaron una placa y tornillos.
La recuperación presentó complicaciones. Según la pericia médica incorporada al expediente, el paciente sufrió infecciones reiteradas y debió atravesar nuevas internaciones e intervenciones quirúrgicas para retirar fragmentos óseos y tratar un cuadro de osteomielitis. También necesitó meses de tratamiento, controles médicos y rehabilitación. Al momento de la evaluación pericial todavía continuaba bajo seguimiento.
Las consecuencias no fueron solamente físicas. La evaluación psicológica determinó que el accidente le provocó un trastorno de adaptación mixto, con ansiedad y estado de ánimo deprimido persistente. Entre los síntomas registrados se mencionaron nerviosismo, inquietud, dificultades para relajarse, pensamientos intrusivos y problemas para dormir.
Los jueces también tuvieron en cuenta que el motociclista trabajaba como repartidor para aplicaciones de delivery y que debió abandonar esa actividad a raíz de las lesiones. Para acreditar esa tarea, la Cámara consideró las fotografías y el relevamiento policial realizados después del choque, en los que se observaba una mochila de reparto junto a la moto.
La conducta de la conductora
Uno de los puntos centrales del fallo estuvo relacionado con lo que ocurrió inmediatamente después del impacto. La Cámara consideró acreditado que la mujer pasó con el semáforo en rojo, embistió al motociclista, detuvo la marcha y descendió de la camioneta. Después de observar a la víctima tendida en el suelo, volvió a subir al vehículo y se alejó del lugar.
Para los jueces, no se trató solamente de una infracción de tránsito que provocó lesiones graves. La decisión de abandonar la escena, sabiendo que había una persona herida, agravó el reproche sobre su conducta.
En ese sentido, el fallo retomó la valoración realizada en primera instancia y puso especial énfasis en la profesión de la demandada. “Además de moralmente abyecto, lo sucedido resulta perturbador por una circunstancia en especial: es de profesión médica”, había señalado el juez de primera instancia. La Cámara coincidió con esa apreciación y sostuvo que su comportamiento había hecho añicos el juramento hipocrático asociado a la profesión.
Ese aspecto fue determinante para modificar la indemnización por daño moral. Los camaristas entendieron que los 20 millones de pesos fijados inicialmente no alcanzaban para compensar los padecimientos de la víctima, tanto por la gravedad de las lesiones como por las circunstancias en las que se produjo el accidente y la posterior fuga.
Por eso establecieron que ese rubro deberá equivaler a 23.500 dólares, tomando como referencia el valor de un Peugeot 2008 último modelo. La conversión a pesos se realizará durante la etapa de liquidación y deberá utilizarse la cotización más alta entre el dólar oficial vendedor y el dólar MEP, de acuerdo con las pautas fijadas en la sentencia.
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