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Policiales 16 de diciembre de 2018

Protocolo de uso de armas de fuego: entre la ilegalidad y la aplicabilidad

Un decreto del presidente Mauricio Macri "felixibilizó" el uso de armas de fuego a las Fuerzas de Seguridad Federales. Diferentes voces locales dan su visión en un tema que afecta a la seguridad en un Estado de Derecho.

Imagen ilustrativa.

Por decreto, el presidente Mauricio Macri puso en vigencia un protocolo para las Fuerzas de Seguridad Federales en el que “flexibiliza” el uso de armas de fuego y propuso que cada provincia adhiera al mismo y si bien la gobernadora María Eugenia Vidal declaró que la provincia de Buenos Aires no lo incorporará, LA CAPITAL consultó a diferentes voces locales sobre la reglamentación.

La resolución 956/2018, publicada en el Boletín Oficial de la nación el pasado 27 de noviembre expresa que “resulta necesario implementar acciones que tiendan a sostener la protección de la vida y la integridad física de la ciudadanía en su conjunto y de los miembros de las Fuerzas Policiales y de Seguridad Federales, cuando se encuentren en una situación de peligro inminente, como así también velar por la protección de los derechos fundamentales de todas las personas”.

En la publicación reafirman que “la actividad policial requiere actualizar los criterios de acción vigentes en las Fuerzas Policiales y de Seguridad Federales, atento a la particularidad y gravedad de los delitos en los que tienen que actuar en defensa de los intereses de los ciudadanos” y aclara que el accionar debe estar “en consonancia con las normas supra legales que prohíben la tortura, los tratos crueles o denigrantes o ultrajes a la dignidad personal”.

Este nuevo protocolo exhime a miembros de las fuerzas de seguridad federal a identificarse y dar la voz de alto en situaciones en las que susponga un riesgo de muerte o de lesiones graves, tanto para el efectivo como para terceros.

Además, en uno de los puntos más discutidos, se le permite a los efectivos a utilizar armas de fuego para “impedir la fuga de quien represente peligro inminente hasta lograr su detención”.

LA CAPITAL intentó contactarse con diferentes fuentes del Poder Judicial, pero jueces y fiscales -tanto de la esfera provincial como federal- prefieron no opinar en lo que, consideran, una decisión política del gobierno de Cambiemos.

El arma como último recurso

El actual secretario de Seguridad del Municipio, Marcelo Lencina, sin opinar puntualmente sobre el decreto, expresó que el uso del arma de fuego tiene que ser “el último recurso del policía, siempre utilizándolo en el marco legal”.

“El policía puede hacer uso del arma de fuego en la medida que sea una realidad la amenaza que tiene enfrente, pero siempre dentro del marco legal correspondiente”, expresó Lencina y agregó: “El efectivo, en el momento de usar un arma, tiene que tener una capacitación continua”.

“Insisto en la capacitación, que va de la mano con evitar accidentes e incidentes, porque un policía capacitado se profecionaliza más”, concluyó el secretario de Seguridad y agregó: “Más allá en la capacitación en el uso de armas de fuego, tiene que haber una capacitación en las medidas de seguridad”.

Un protocolo ilegal

El juez de garantías Juan Tapia, en diálogo con LA CAPITAL consideró que el protocolo que surge del decreto firmado por el presidente Macri “amplía ilegalmente el catalogo de opciiones que habilitan el emplo de armas de fuego a los funcionarios en el marco de su actuación para el cumplimiento de la ley”.

“Es ilegal e indebido porque, por un lado, esa disposición nunca puede ser adoptada por medio de un decreto, sino que necesita la discusión en el Congreso Nacional, que amplia la discusión democrática”, explicó el juez de garatías y agregó: “La reforma normativa del Código Penal, no puede ser modificada por un decreto o reglamento interno”.

Para Tapia, el decreto también es ilegal por que “vulnera tratados internacionales y los propios presupuestos que establece el Código Penal de cómo emplear el uso de la fuerza”.

“Los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley, dice la normativa de la ONU y los principios básicos sobre el empleo del uso de la fuerza por funcionarios, solamente utilizarán medios letales, como armas de fuego, cuando otras alternativas resulten ineficaces o no garanticen de ninguna manera el logro del resultado previsto”, explicó Tapia.

De esta manera, los miembros de fuerzas de seguridad “utilizan en la medida de lo posible medios no violentos antes de recurrir al empleo de la fuerza y armas de fuego” y, agregó el juez de garantías, “deben actuar con moderación, con proporcionalidad al delito y deben reducir al mínimo las lesiones y daños protegiendo y respetando siempre la vida humano”.

“No hay forma de establecer una suerte de pena de muerte extrajudicial sin proceso penal, prohibida expresamente por nuestra legislación”, expresó el juez Juan Tapia.

La necesidad de capacitación

El exjefe de la Policía Local y exsecretario de Seguridad del Municipio, Fernando Telpuk, consideró que más allá del decreto y el nuevo protocolo, “en el modelo actual no había ningún impedimiento para que la policía use el arma de acuerdo a derecho y en las circunstancias en las que debe usarse”.

Telpuk, quien también es Comisionado General retirado de la Policía de Seguridad Aeroportuaria, expresó que siempre la legalidad de la utilización del arma de fuego por parte de funcionarios quedará luego a “interpretación de los jueces”, sin que, al momento “haya trabas en un uso correcto”.

“Estoy de acuerdo con la necesidad en que se revalorice la figura y la autoridad del policía, pero no estoy seguro que este protocolo sea el camino para conseguirlo”, conisderó Telpuk y agregó: “El policía, al usar el arma, será analizado ante los ojos de la Justicia Penal. Me parece que el protocolo debería ir de la mano de un análisis de las figuras penales que evaluan la conducta del policía que utiliza un arma durante el servicio”.

Para el exjefe de la Policía Local, “la mejor herramienta que se le puede dar a un policía es la capacitación. Un policía bien capacitado va a saber cuando usar el arma y cuando no”.

Más allá del uso de las armas de fuego, el exsecretario de Seguridad planteó una alternativa, que es la posibilidad que los policías cuenten con bastones extensibles y armas taser.

“Para que los policías no dependen exclusivamente de armas letales se les puede brindar herramientas intermedias. Y ahí le ofrecés al policía una herramienta previa al uso del arma de fuego. Acá pasamos de nada al arma de fuego”, expresó Telpuk e insistió: “De todas maneras, la herramienta fundamental es la capacitación constante”.